“Las inmobiliarias están incumpliendo la Ley de alquileres”

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“Lo sorprendente en el caso del mercado inmobiliario rionegrino es que no estamos pudiendo encontrar inmobiliaria que no se haya abusado de su situación dominante para aprovecharse de sus clientes inquilinos”, agregó.

Entre los abusos mencionados, además del elevado costo del arrendamiento que en el caso particular de Viedma la colocan como una de las ciudades más caras del país, se encuentra el pagodel coloquialmente llamado “mes de comisión” que la inmobiliaria le cobra al inquilino que celebra su contrato de arrendamiento. Situación que de hecho configura una flagrante violación a la ley Nº 2.051 de nuestra provincia.

Como bien es sabido, La principal legislación vinculada a los contratos de locación son: la Ley Nacional Nº 23.091 (Ley de locaciones o Ley de Alquileres), el Código Civil (Art. Nº 1.493 al Art. Nº 1.622), la Ley Nacional Nº 13.512 (Ley de Propiedad Horizontal) y la Ley Nº 19.724 (Ley de Prehorizontalidad). La Ley provincial N°2.051 de Rio Negro es la que regula a los Martilleros y corredores públicos, que en el Art. 27 del Capítulo “V”, sobre los aranceles, establece que: “El  monto  de  los  honorarios  o  aranceles que   percibirán  los colegiados   por  los  trabajos profesionales  que  realicen,  se  ajustarán  a  la  siguiente escala,   determinándose  en  cada   caso  quiénes  serán  los responsables  de abonarlos, salvo en el supuesto de subastas o labores  judiciales  que  serán pagados  íntegramente  por  el comprador o el solicitante de las labores judiciales” (…)
Y en su inciso g), que: “Por  arrendamiento,  locaciones,  urbanas  y  rurales, hasta  el Cuatro por ciento (4 %) a cargo del  locador  sobre  el  importe  total del  contrato,  no  pudiendo  superar  el equivalente  a  un  mes  de   locaciones. Locaciones sobre temporada:  Cuatro por ciento (4 %) a  cargo  del  locador y Dos por ciento (2 %) a cargo  del locatario sobre el monto del contrato.”

“Con lo cual, la situación que de hecho se está produciendo en la actualidad donde las inmobiliarias le están cobrando la comisión por arrendamiento de propiedades a los inquilinos, y en algunos casos exigiendo “hasta 2 meses de comisión”, deviene en ilegal, ya que dicho arancel por comisión inmobiliaria no debe ser abonado por el inquilino sino por el locador”, señaló Vargas.

“Motivo por el cual en el día de la fecha he presentado un proyecto en la legislatura de Río Negro para que los Corredores Públicos de la provincia se avengan a trabajar bajo el imperio de la ley y para que el gobierno, a través de la dirección de comercio y defensa al consumidor cumpla con su función de control sobre los mismos”, concluyó el legislador.

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