Incentivos fiscales para la construcción y prestación turística en El Cóndor

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Los incentivos a la inversión incluyen ítems del derecho de construcción, habilitación comercial, Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene y también beneficios para quienes ofrezcan paquetes turísticos.

De esta forma, los prestadores que presenten ante la Subsecretaría de Turismo de la Municipalidad de Viedma un paquete turístico compuesto como mínimo de dos pernoctaciones con el servicio gastronómico correspondiente a ese periodo y dos excursiones locales, podrán deducir de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene  el 50% de los costos de las actividades que integran el mencionado programa.

En cuanto a la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene,  los comercios radicados en El Cóndor que hubieren obtenido la habilitación definitiva serán eximidos del pago de la Tasa entre el 1 de abril y el 31 de octubre.

Otro beneficio implica que los comercios radicados en El Cóndor quedan eximidos del pago de la Habilitación Comercial, estipula en el artículo 150º de la Ordenanza Nº 5585.

También hay incentivos fiscales para la construcción. Así, toda construcción que tenga lugar en El Cóndor y tenga como único objeto la prestación de servicios, será eximida de los derechos instituidos por el artículo 246 de la Ordenanza Nº 5585.

La visación de la correspondiente documentación de obra por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos o el área que la remplace, es requisito ineludible para el otorgamiento de esta exención.

Este beneficio queda sujeto al otorgamiento de la habilitación comercial definitiva. De no producirse la misma en el plazo de un año contado a partir del otorgamiento del final de obra, el derecho de construcción se volverá exigible y corresponderá, además, la aplicación de una multa equivalente al doble de la suma liquidada por tal concepto.

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