El Ministerio de
Salud de Río Negro dispuso ayer un esquema de excepciones al cumplimiento del
"aislamiento social, preventivo y obligatorio" y la prohibición de
circular en el Departamento de General Roca. Estas medidas se prolongarán entre
las 00,00 del martes 15 y las 24,00 del 28 de septiembre.
Las nuevas
disposiciones son las siguientes:
• La actividad de los
comercios de productos esenciales podrá realizarse en el horario comprendido
entre las 9 y las 20, de lunes a sábado.
• Comercios de
productos no esenciales y actividades de servicio podrán funcionar entre las 9
y 20 horas, de lunes a sábado, hasta un máximo de 8 horas diarias.
• Restoranes, bares,
cafés y establecimientos similares, en aquellas localidades que posean
habilitación al efecto, podrán funcionar de lunes a sábado en horario de 8 a
20. En tanto, se permite la modalidad de
retiro de productos elaborados y delivery, entre las 20 y 24 hs. En tanto, se
habilita la atención al público en el horario de 20 a 24 hs. los días jueves,
viernes y sábado. Lo días domingo sólo se habilita el servicio de delivery,
hasta las 24.
• Se permitirá la
realización de actividades deportivas al aire libre en forma individual entre
las 9 y las 20, de lunes a sábado, respetando las pautas de comportamiento
relativas al distanciamiento social.
• Gimnasios,
academias de danzas y afines podrán funcionar de lunes a sábados de 9 a 21, con
el cumplimiento estricto de los protocolos.
• La totalidad de los
comercios, cualquiera sea el rubro, deberán permanecer cerrados los días
domingo, debiendo sus titulares utilizar dicha jornada para realizar una
completa desinfección de los mismos.
• Se habilita el
desarrollo de la obra de carácter privado, con un máximo de hasta cinco obreros
por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y el representante técnico.
• Se habilita la
tarea de trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas
particulares o servicio doméstico.
• Se autoriza de
forma excepcional la circulación de los ciudadanos en el marco de las
habilitaciones aquí dispuestas, debiendo limitarse a los traslados mínimos e
indispensables dentro de los horarios de apertura establecidos por la presente
y conforme las reglamentaciones locales pertinentes detallen.
• Los Intendentes y
Comisionados de Fomento serán los encargados de la fiscalización y supervisión
del cumplimiento de las restricciones de circulación.
La medida, dispuesta
mediante la Resolución Nº 4388/2020 del Ministerio de Salud, alcanza a las
ciudades de General Roca, Catriel, Campo Grande, Barda del Medio,
Contralmirante Cordero, Cinco Saltos, Cipolletti, Fernández Oro, Allen,
Cervantes, Mainqué, Ingeniero Huergo, General E. Godoy, Villa Regina, Chichinales,
y la Comisión de Fomento de Peñas Blancas.
25 abril 2024
Río Negro