El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre
por el delito de defraudación, acusándolo de haber utilizado en dos
oportunidades, distintas tarjetas de débito que los usuarios olvidaron en los
cajeros. En la instancia se le impusieron medidas cautelares, entre ellas la
prohibición de acercamiento a cualquier entidad crediticia en las que solía
encontrarse vendiendo bolsas de residuos.
Al momento de describir el modus operandi del imputado,
la fiscal describió que el hombre aprovechaba el descuido de clientes que
realizaban operaciones en cajeros automáticos y cuando estos se olvidaban sus
tarjetas, realizaba operaciones bancarias de extracciones o transferencias.
Los dos hechos imputados ocurrieron durante este año. Uno
de ellos en el interior del sector de cajeros electrónicos del banco situado en
la calle Sarmiento. En dicha oportunidad detectó que una mujer había olvidado
su tarjeta de débito y transfirió más de 260.000 pesos a cuentas bancarias
propiedad de su conyugue.
Algunos meses después - sostuvo la acusación- el hombre
repitió dicho accionar en este caso en la sucursal del mismo banco ubicada en
la calle Tucumán de Viedma. La Fiscalía sostiene que el imputado habría
utilizado el mismo método para extraer de la cuenta asociada a la misma la suma
de 20 mil pesos.
Ambas investigaciones se iniciaron con la denuncia penal
e incluyeron la información analizada por las áreas de informática forense del
Poder Judicial y la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones de la
Procuración General. Además fue fundamental el registro audiovisual obtenido de
las cámaras de seguridad del Banco en el que se puede observar al imputado
utilizando los cajeros en los mismos horarios en que se realizaron las
transacciones denunciadas.
Con ese sustento probatorio, entre otra documentación y
entrevistas, la Fiscal Maricel Viotti Zilli formuló cargos por el delito de
defraudación, según los Artículos 45 y 173 inciso 15 del Código Penal.
El Defensor oficial del imputado, Carlos Dvorzak no manifestó
objeciones a la formulación de cargos, ni a los pedidos efectuados por la
Fiscalía. Finalmente la Jueza de Garantías Itziar Soly tuvo por formulados los
cargos en ambas oportunidades y dispuso – a pdido de la Fiscalía- la
prohibición del imputado de acercarse a cualquier entidad crediticia en las que
solía encontrarse vendiendo bolsas de residuos. Cualquier incumplimiento de la
medida cautelar impuesta implicará un agravamiento de la misma.
El accionar de este hombre había comenzado con anterioridad
en un primer hecho por el que también se lo había imputado, pero en el marco
del cual había suscripto con la víctima un Criterio de oportunidad cuando la
mujer aceptó en sede Fiscal, el compromiso del imputado de devolverle el dinero
del cual se había apoderado también utilizando la tarjeta olvidada.
En este sentido, el Código Procesal Penal en el Artículo
14 determina que “jueces y fiscales procurarán la solución del conflicto
primario surgido a consecuencia del hecho, a fin de contribuir a restablecer la
armonía entre sus protagonistas y la paz social”, por lo cual en aquella
oportunidad se le otorgó el beneficio. No obstante ante la comisión de nuevos
hechos se descartó una nueva salida alternativa por lo que deberá afrontos
ahora sendas causas penales.
En el ámbito del Ministerio Público la Instrucción
General 8/2018 explica los alcances de las medidas alternativas de resolución
de conflictos. Asimismo la IG N° 2/2018 determina las limitación a aplicar
dichos institutos en casos relativos a violencia de género.
17 enero 2025
Judiciales