Un hombre fue condenado a nueve años de prisión tras ser declarado culpable de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, ambos delitos agravados por la convivencia preexistente entre las víctimas y el agresor.
En una audiencia de procedimiento abreviado, el imputado reconoció ser el autor de los hechos y aceptó la calificación legal de los mismos, así como la pena de nueve años de prisión efectiva.
El hombre fue acusado de abusar de dos de las hijas de su entonces pareja entre los años 2006 y 2018, cuando las niñas tenían entre 7 y 15 años. Los abusos ocurrieron dentro del domicilio que compartían, y el agresor las obligaba a guardar silencio bajo amenaza. Los actos contra la integridad sexual de las niñas continuaron durante su adolescencia.
En la sentencia firmada hoy, el juez de juicio detalló la extensa evidencia que llevó al hombre a admitir los hechos en el marco de un procedimiento abreviado. Entre las pruebas se encuentran los relatos detallados de las víctimas, respaldados por testimonios de su abuela y tías, y diversos informes de la Oficina de Atención a la Víctima y del Cuerpo de Investigaciones Forense que indican síntomas de estrés postraumático. También se presentaron informes escolares.
El juez destacó que las pruebas colectadas por el Ministerio Público Fiscal posicionan claramente al acusado frente a los hechos, confirmando las hipótesis delictivas más allá de toda duda razonable. Los relatos de las víctimas fueron considerados serios, contundentes y coherentes, con descripciones detalladas que dotaron de credibilidad a sus testimonios, respaldados por los relatos de varios familiares, terapeutas y la ex pareja del acusado.
La condena responde a la gravedad de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por la convivencia preexistente, y se espera que esta sentencia sirva como un precedente importante en la lucha contra los abusos sexuales.
1 noviembre 2024
Judiciales