Un incidente en la ruta entre San Javier y Viedma dejó importantes daños en una Ford Ecosport cuando la cúpula de una Toyota Hilux se desprendió y se estrelló contra el vehículo que venía en sentido contrario. Este hecho ha desencadenado una serie de procedimientos legales que culminaron con una sentencia a favor del conductor afectado.
El accidente ocurrió cuando la cúpula de la Hilux, que venía en sentido contrario, se desprendió por el fuerte viento y se estrelló contra el frente de la Ecosport, ocasionando la rotura del parabrisas, radiador, paragolpes delantero y ópticas. La Ecosport también sufrió daños en su parte trasera al pasar por encima de la cúpula. Aunque el conductor de la Hilux proporcionó inicialmente los datos de su seguro, no denunció el hecho a la aseguradora, lo que llevó al dueño de la Ecosport a iniciar una demanda en el fuero civil de Viedma.
En su defensa, el propietario de la Hilux alegó que el incidente fue causado por las ráfagas intensas de viento y aseguró que la cúpula estaba correctamente instalada. Sin embargo, la aseguradora, Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda., argumentó que el siniestro fue resultado de una mala colocación de la cúpula y un exceso de carga, razones por las cuales rechazaron la cobertura del accidente.
Durante el juicio, la jueza civil determinó que la mecánica del accidente fue probada con el testimonio de dos testigos presenciales, quienes confirmaron que vieron cuando la cúpula se voló y se estrelló contra el parabrisas de la Ecosport. La magistrada concluyó que la responsabilidad del accidente recaía sobre el conductor y el propietario de la Hilux, en su carácter de dueños y guardianes de la cosa riesgosa.
La jueza también evaluó si la póliza del seguro debía cubrir el siniestro. Afirmó que la aseguradora rechazó el siniestro sin fundamentos suficientes para proceder con la exclusión de cobertura, ya que no se realizó una pericia de la camioneta ni se presentaron pruebas del exceso de carga. Por lo tanto, no quedó acreditada la exclusión de la cobertura.
En consecuencia, la sentencia condenó tanto al seguro como al dueño y al conductor de la Hilux a indemnizar al propietario de la Ecosport no solo por los daños materiales, sino también por la privación de uso del vehículo, los gastos de mediación y los honorarios de escribana.
26 diciembre 2024
Judiciales