Según información oficial, la Fiscalía N° 2 del Poder Judicial, quien llevó a cabo el proceso de investigación de la causa, decidió pasar el expediente a archivo.
La denuncia expresaba, en primer lugar, que el Ministerio había realizado distintas contrataciones directas con el objeto de refaccionar y ampliar establecimientos escolares con la sola invocación de la vigencia de la Ley 4716, cuyo fin era garantizar el normal inicio del ciclo lectivo 2012; mientras que por otro lado se cuestionaba la falta de determinación de la razonabilidad del precio a pagar y las razones de urgencia, como los plazos utilizados para las respectivas tramitaciones administrativas.
El tribunal, contando bajo su poder con la totalidad de los trámites administrativos a los que aludía la denuncia, realizó un análisis pormenorizado de los mismos y concluyó que no estaban dados los extremos para configurar el delito.
Asimismo, destacó que las actuaciones fueron iniciadas en el período estipulado por la Ley, por lo que no existió un obrar negligente o desaprensivo por parte del funcionario responsable en dar inicio a las contrataciones en cuestión y que la razonabilidad del precio a pagar fue justificada en las actuaciones con la compulsa de precios que se practicó en las mismas y el posterior análisis realizado por la Comisión de Preadjudicaciones.
15 enero 2025
Judiciales