Viedma: ordenan desalojo tras detectarse un boleto con firma falsa

La Justicia civil determinó que la supuesta compraventa exhibida por la ocupante no era válida y fijó un plazo de 45 días para la desocupación

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Un fallo del fuero civil de Viedma ordenó el desalojo de un departamento que estaba ocupado por una mujer que presentó un boleto de compraventa con una firma que resultó ser falsa. La resolución judicial fijó un plazo de 45 días para la restitución voluntaria del inmueble y dispuso que, en caso de incumplimiento, podrá intervenir la fuerza pública.

El conflicto se originó cuando el titular registral del inmueble inició una acción judicial para recuperar la unidad. Según consta en el expediente, el hombre había adquirido el departamento hacia fines de 2022 y tomó posesión para realizar tareas de reacondicionamiento y refacción.

Durante esos trabajos, el propietario detectó problemas en las instalaciones internas, en particular cañerías de gas empotradas en mal estado. De acuerdo con lo que expuso en su presentación judicial, un gasista matriculado le recomendó frenar las obras para evitar riesgos. Aun así, continuó con mejoras externas y utilizaba el lugar para guardar materiales.

Dos meses después, al regresar al inmueble, se encontró con que estaba habitado por terceros. Frente a esa situación, realizó una denuncia policial e intentó —según relató en la demanda— alcanzar una desocupación voluntaria. Ante la falta de acuerdo, promovió el juicio de desalojo.

Al contestar la demanda, la mujer que ocupaba el departamento negó que se tratara de una intrusión. Sostuvo que había adquirido la propiedad de manera legítima tras verla ofrecida en redes sociales. Indicó que se contactó con la anterior dueña, firmó un boleto de compraventa y entregó dinero en ese acto. Como respaldo, presentó el contrato privado ante el tribunal.

La validez de ese documento fue el eje del proceso. En agosto de 2024, la presunta vendedora compareció ante la Justicia y, al exhibírsele el boleto, desconoció la firma que figuraba en el instrumento. Manifestó que no le pertenecía y negó haber concretado una operación con la demandada.

Posteriormente, un peritaje caligráfico incorporado al expediente concluyó que la firma inserta en el contrato era falsa. A ese elemento se sumaron testimonios que acreditaron la posesión del actor tras la compra. Un albañil que realizó tareas de remodelación declaró que concurría al departamento con llaves entregadas por el propietario, que el inmueble permanecía cerrado y que trabajó allí a fines de 2022 sin advertir ocupación de terceros.

Al valorar la prueba en conjunto, el juez entendió acreditado que el inmueble se encontraba desocupado al momento de la venta al actual titular registral y que el boleto presentado por la ocupante no tenía validez. En consecuencia, ordenó el desalojo y estableció un plazo de 45 días para la restitución voluntaria del departamento, bajo apercibimiento de ejecutar la medida con intervención de la fuerza pública si no se cumple con lo dispuesto.

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