Moratoria previsional: Piden que el Estado subsidie la primera cuota a la Anses

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El 27 de agosto, el Senado y Cámara de Diputados de la Nación sancionaron una nueva ley de moratoria jubilatoria dentro del Sistema Integrado Previsional Argentino, que fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 9 de setiembre con el numero 26.970.

La moratoria jubilatoria tiene como característica central la posibilidad de que personas que hayan alcanzado la edad suficiente para jubilarse (60 años para las mujeres y 65 para los hombres) y no hayan reunido la totalidad de los aportes necesarios o nunca hayan aportado puedan realizar este trámite y comenzar a cobrar sus haberes antes de  abonar la deuda declarada por aportes, las cuales se irán descontando mensualmente.

A partir de esta nueva ley, pueden solicitar la moratoria quienes ya reciban otra prestación previsional que no supere el monto de la jubilación mínima, hoy de $ 2757. Puede tratarse de una pensión o bien de una jubilación de un régimen provincial.

“Como es sabido, el problema que enfrentan muchos de los beneficiarios de esta nueva moratoria, está en el pago de la primer cuota, necesaria para que la ANSeS comience a abonar la jubilación”, destacaron los autores de la iniciativa.

Consideraron  López y Ricca que “el Poder Ejecutivo provincial podría dictar las normas necesarias para ofrecer ayuda a aquellos ciudadanos rionegrinos que demuestran su imposibilidad de pago de la primer cuota para acceder a la jubilación”.

Con esta nueva ley, pueden incluirse en el plan de pagos de hasta 60 cuotas aportes previsionales no abonados por períodos previos a diciembre de 2003 (hasta ahora era hasta septiembre de 1993). De esta forma, se amplía el número de beneficiarios actuales y potenciales, alcanzando un total de 473.814 personas.

Los trámites podrán iniciarlos para jubilarse aquellos trabajadores autónomos o monotributistas que hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria prevista de  60 años para las mujeres y 65 para los hombres (Art. 19, Ley 24.241) dentro del plazo de 2 años desde la vigencia de este nuevo plan; que no tengan los 30 años de aportes; que no cuenten con prestación previsional; y que en caso de percibir una prestación, sea el haber mínimo. Además, no es necesario cuenten con cierta cantidad de aportes hechos.

El plan permite que quienes nunca realizaron aportes puedan acceder.

Una vez iniciada la jubilación, las cuotas se descuentan mes a mes de los haberes. La ley establece un máximo de hasta 60 cuotas, las cuales se irán actualizando, en marzo y septiembre de cada año, según el índice de movilidad previsional.

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