La Legislatura rionegrina sancionó ayer por unanimidad la ley que reglamenta el derecho de prioridad de contratación con el Estado en favor de las personas físicas y jurídicas radicadas en la provincia de Río Negro para las contrataciones de obras, bienes y servicios previstas en el Plan Castello, cualquiera fuere el organismo contratante.
La norma establece un sistema que tiene como fundamento principal continuar promoviendo el crecimiento, consolidación y desarrollo de la economía provincial, siempre bajo la premisa de establecer un contexto de reglas que incentive la promoción de la competencia y la participación de un número cada vez mayor de actores de nuestra Provincia.
Estas empresas tendrán preferencia en su oferta cuando en la misma, para idénticas o similares prestaciones y productos, su precio sea igual o inferior al de las obras, bienes y servicios ofrecidos por oferentes no considerados provinciales, incrementados en hasta un cinco por ciento.
Si aplicando este rango de preferencia ninguna persona física o jurídica local resultare favorecida deberá otorgarse, por única vez, la posibilidad de mejorar su oferta a la mejor oferta local cuyo precio no supere el quince por ciento respecto a la mejor cotización del resto de los oferentes. A tal fin se convocará al oferente local de mejor precio, conjuntamente con el oferente de menor precio, a presentar en un término de diez días una “mejora de oferta”.

21 diciembre 2025
Río Negro