Una agencia de
viajes fue condenada a indemnizar a una joven de San
Antonio Oeste luego de cancelar el viaje de egresados a Camboriú. La empresa, identificada
como VF S.A., comunicó la cancelación del viaje a través de un
correo electrónico, alegando no haber alcanzado el cupo mínimo de
pasajeros, y nunca devolvió el dinero abonado por la joven y su
familia.
El viaje, que estaba programado para la primera quincena de noviembre, tendría una duración de 10 días y 7 noches. Según se informó, 45 días antes de la fecha de partida, la agencia notificó a la familia sobre la cancelación del viaje debido a que la cantidad de pasajeros activos era inferior a la estipulada en el contrato.
Ante esta situación, la familia reclamó en reiteradas ocasiones el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de la empresa, incluida la devolución del dinero, pero no obtuvo respuestas satisfactorias. Ante la falta de solución, iniciaron un proceso civil contra la agencia de viajes. Sin embargo, la empresa no se presentó ante el tribunal, siendo declarada en rebeldía y sufriendo un embargo preventivo durante el procedimiento.
La jueza multifueros de San Antonio, a cargo del caso, determinó que la familia de la joven “cumplimentó adecuadamente sus obligaciones contractuales, realizando los pagos en tiempo y forma”. Además, la magistrada tuvo en cuenta que el contrato estipulaba que “cuando las cancelaciones superan el 30% del total del contingente, la empresa tendrá derecho hasta (60) días antes de la fecha de salida del viaje a cancelarlo”. Sin embargo, en este caso, la empresa no respetó dicho plazo.
Por lo tanto, la jueza concluyó que “del análisis de los elementos arrimados no cabe duda alguna respecto a la responsabilidad que recae en la empresa proveedora ante su incumplimiento contractual, por lo que la misma debe responder por los perjuicios ocasionados”.
En cuanto al daño punitivo, se tomó en cuenta “el incumplimiento contractual de la demandada, su desinterés en el reclamo administrativo, su conducta procesal en las presentes actuaciones, la ausencia de un trato digno para con sus suscriptores, la falta de acercamiento de otras propuestas conciliadoras a los consumidores de sus servicios”.
Finalmente, se ordenó a la agencia de viajes a indemnizar a la joven con una suma superior a los 800 mil pesos, más los intereses correspondientes.
Con esta sentencia, se destaca la importancia del respeto y cumplimiento de los contratos por parte de las empresas turísticas y la protección de los derechos de los consumidores.
21 diciembre 2024
Judiciales