La Justicia de Familia de Viedma autorizó a un niño a viajar junto a su madre a Brasil y Paraguay luego de que el padre no respondiera a los pedidos de consentimiento ni se presentara a la audiencia fijada en el expediente, pese a estar debidamente notificado. La decisión se adoptó tras la escucha del menor y la intervención del Ministerio Público.
Según consta en la resolución, la madre había iniciado la acción judicial ante la falta de respuesta del progenitor para autorizar el viaje, que incluía una visita a la zona de la triple frontera con ingreso a países limítrofes. La mujer explicó que realizó reiteradas gestiones por vías informales, pero no obtuvo contestación ni la firma necesaria para completar el trámite administrativo.
Ante el desconocimiento del domicilio actual del padre y la cercanía de la fecha prevista para el traslado, el juzgado dispuso que la notificación se efectuara por vía digital. Además, se fijó un plazo reducido para contestar la demanda, se convocó a audiencia con las partes y se ordenó la escucha del niño, conforme lo establece la normativa vigente en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
La entrevista al menor se realizó con la intervención de la Defensora de Menores e Incapaces y una integrante del equipo técnico interdisciplinario del fuero de Familia. En ese ámbito, el niño explicó cómo se desarrollaría el viaje, los medios de transporte previstos y los lugares a visitar. También manifestó su voluntad de realizar la actividad y señaló que no mantiene vínculo con su padre desde hace más de un año.
En la audiencia fijada por el juzgado, el progenitor no se presentó ni formuló oposición, a pesar de haber sido notificado. La Defensora de Menores e Incapaces dictaminó que no existían objeciones para otorgar la autorización solicitada y recomendó hacer lugar al pedido en el plazo requerido.
Finalmente, la jueza resolvió autorizar la salida del país del niño acompañado por su madre y familiares por línea materna, durante el período indicado en la presentación. En su decisión, ponderó la falta de oposición del padre, la voluntad expresada por el menor y el principio del interés superior del niño, que orienta las resoluciones judiciales en este tipo de casos.

8 febrero 2026
Judiciales