Piccinini, crítica: "La sociedad rionegrina nos observa y no le gusta lo que ve"

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“Los funcionarios públicos que integramos esos poderes juramos, al asumir nuestros cargos, respetar y hacer respetar la Constitución Provincial y  las Leyes que en su consecuencia se dicten por la Legislatura. El incumplimiento de este juramento implica incurrir en la responsabilidad penal descripta en los arts.248 y Cc. Del Código Penal de la Nación que abarca el título 'Abuso de autoridad y Violación de los Deberes de Funcionario Público'", señaló Piccinini en un comunicado.

Señaló que “corren tiempos donde parece que es más importante por quien juramos que el contenido mismo de ese juramento, que algunos ofrendamos a Dios”.

“Ese compromiso es la base fundamental, ética y moral donde se debe asentar nuestra gestión", remarcó y rememoró que el juramento de algunos funcionarios "rozaron en algunos casos el partidismo sectario, en otros la adoración casi pagana a líderes desaparecidos y en otros la simple cursilería".

Para fundar con algunos ejemplos, Ana Piccinini dijo que "la Legislatura sin poder de autocorrección permite que un legislador integrante del cuerpo viole la Constitución y la Ley 3550 de 'Ética e Idoneidad en la Función Pública' en forma flagrante, continua y reiterada, ejerciendo su profesión de médico, lo que está expresamente prohibido. El Art.127 de la CP, violado por el legislador Bartorelli, dice: “Es incompatible el cargo de legislador con…1. El ejercicio de profesión o empleo, con excepción de la docencia e investigación según la reglamentación.” No solo incumple el legislador Bartorelli este precepto constitucional, sino que viola sistemáticamente la Ley 3550 que le prohíbe ser proveedor del Estado Rionegrino. Le factura al Ipross. Además le otorga certificados a sus pacientes que son pasibles de licencias, los que son presentados ante las autoridades de los distintos Ministerios y son aceptados como validos con la connivencia de altas autoridades".

"El Ministro de Obras Públicas admite en forma casi temeraria que viola la Ley J 286 que regula la contratación de la Obra Pública en la Provincia. En su art.9, la norma  dice que "las obras, trabajos, instalaciones y adquisiciones a que se refieren los art.1 y 2, deberán adjudicarse mediante Licitación Pública”. El Ministro, sin nada que lo justifique y autorice suple las licitaciones de obras millonarias por contrataciones directas mediante insólitos sorteos. Nada de lo que hace está enmarcado en la Ley", cuestionó luego.

Además, señaló que "el secretario de Energía con una liviandad que estremece, admite que la intervención de la Legislatura en el tema de las Prorrogas de los Contratos Petroleros enturbió sus planes, habló de “intereses” y sutilmente, condicionó al Gobernador en el sentido de que si persistía la intervención legislativa (Comisión y Audiencia Pública) él dejaría su cargo. Desconoce el funcionario las facultades y deberes que la C.P. que en su art.79  le impone a los Legisladores: Los yacimientos de gas, petróleo…en el territorio provincial y en la plataforma marítima son bienes del dominio público provincial. Su explotación se otorga por Ley".

"El Convencional constituyente ha querido que el pueblo decida a través de sus representantes, a quien se le otorgan las concesiones de exploración y explotación. El Poder Judicial no respeta los plazos impuestos por las leyes procesales, viola en forma sistemática el art. 200 de la C.P. que dice: “Son deberes de los magistrados y funcionarios judiciales sin perjuicio de otros que la reglamentación establezca resolver las causas en los plazos fijados por las leyes procesales, con fundamentación razonada y legal”", agregó.

"Sería imposible reseñar en este comunicado -admitió la Legisladora- las causas de corrupción que no se resuelven nunca, principal razón por la cual la corrupción sigue impune. Las causas se dilatan en un “tire y afloje” de acuerdo al mayor o menor poder que las circunstancias terrenales otorgan a los actores institucionales involucrados en ellas. En Río Negro se ha naturalizado el incumplimiento del Principio de Legalidad. Los mecanismos de autocorrección no funcionan dentro de los poderes. Los mecanismos de selección de los funcionarios están a tal punto relajados que los parámetros de idoneidad y honestidad son valores sin importancia y todo queda supeditado a la perversidad de un sistema que apela permanentemente a la improvisación y a la efímera circunstancia mundana", dijo luego.

Aseguró que "las cabezas de los tres Poderes deben 'poner la pica en Flandes' y en forma urgente deben revertir este estado de flatulencia institucional que daña la credibilidad en el sistema democrático".

"Debe imperar en Rio Negro el “Principio de Legalidad” el respeto a la Constitución Provincial y a la Ley. La honestidad y la idoneidad en el desempeño de la función pública deben ser para los principales decisores institucionales las cualidades innegociables en el éxito de sus respectivas gestiones. Para que la respuesta institucional sea de calidad estas condiciones deben ser valoradas. No se trata de la proveniencia política de uno u otro candidato, se trata de los que están a favor de la aplicación irrestricta de la Ley y de los que la desconocen y la violan. La sociedad rionegrina nos está observando y no le gusta lo que ve, creyeron en nosotros, no nos exigen que seamos perfectos, nos exigen que seamos respetuosos de la Ley sin privilegio alguno", finalizó.

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