Convocan a referéndum para el 7 de abril en Bariloche

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En los considerandos de la resolución expresa que habiendo transcurrido treinta días desde la habilitación de los libros de firmas se ha recolectado el piso del 10% del Padrón Electoral que prevé el artículo 155 de la Carta Orgánica y de este modo, en conformidad con lo prescripto en el artículo 7° de la Ordenanza 2379-CM-13, al obtenerse la cantidad de firmas necesarias para llevar adelante el referendum popular, será convocado por la Intendenta Interina en el plazo impuesto por el tercer párrafo del artículo 155 de la Carta Orgánica.

El sufragio será obligatorio. El electorado se pronunciará por sí, aprobando el tema sometido a Referendum, o por no, rechazándolo; definirá en ambos casos la simple mayoría de votos válidos. Siendo el cumplimiento del resultado del Referendum obligatorio.

La resolución convoca a los ciudadanos argentinos y a los extranjeros empadronados de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, inscriptos en el Padrón Electoral
Municipal utilizado para las elecciones de Intendente Municipal, el pasado 2 de octubre de 2011, para que el día 7 del mes de Abril de 2.013, en el horario
de 8.00 a 18.00 horas, procedan a elegir en referendum popular, según carta orgánica municipal (artículos 154, 155, 163 y concordantes de la
Carta Orgánica), por el SI o por el NO a la consulta.

Las boletas para el sufragio deberán ser de papel de diario tipo común color blanco, serán de 12 centímetros por 9,50 centímetros. Deben contener únicamente el siguiente texto: A: Las boletas por el SI: en letra bien visible y en mayúscula la palabra SI, con tipografía de un mínimo de cinco centímetros. Debajo de la misma elsiguiente texto: Si, está de acuerdo con revocar el mandato al Intendente Omar Goye, el que se imprimirá en letras destacadas y de cinco milímetros como mínimo. B: Las Boletas por el NO: en letra bien visible y en mayúscula la palabra NO, con tipografía de un mínimo de cinco centímetros, debajo de la misma el siguiente texto: No, está de acuerdo con revocar el mandato al Intendente Omar Goye, el que se imprimirá en letras destacadas y de cinco milímetros como mínimo.

Señala la resolución que en un plazo no mayor a los DIEZ días corridos desde la publicación de la presente procederá el Departamento Ejecutivo  a presentar las boletas del acto eleccionario ante la Junta Electoral Municipal, para que proceda dicho organismo a oficializar las mismas, debiéndose confeccionar e imprimir las cantidades suficientes para el desempeño normal del referendum popular.

Los gastos que demande la realización del presente Referéndum Popular serán imputados a las Partidas Presupuestarias de la Junta Electoral Municipal.

La Junta Electoral Municipal será quien determine la distribución y cantidad de electores por mesa de votación, como así también la conformación y cantidad de autoridades de mesa necesarias para el normal desarrollo del Referéndum Popular. 

FUENTE: Bariloche 2000

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