Además, los magistrados resolvieron dejar sin efecto la internación de la mujer en el área de Salud Mental del hospital de Cipolletti, según había sido ordenado el 27 de enero de 2012.
Dispusieron asimismo, que Freydoz, sobre quien pesa una prisión preventiva y una condena no firme, sea internada sin dilación en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2, a disposición de la Cámara.
También definieron que la condenada prosiga en dicho establecimiento penitenciario el tratamiento psicológico-psiquiátrico, en forma ambulatoria y, por razones de jurisdicción sanitaria, con intervención del hospital de Roca. Periódicamente, el nosocomio deberá informar a este Tribunal.
Finalmente, el Tribunal ordenó al director del Penal que arbitre las medidas necesarias para evitar que Freydoz sea objeto de agresiones por parte de terceros.
10 enero 2025
Judiciales