Muertes en Bariloche: Juez detalló aspectos de la causa Carrasco - Cárdenas

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Dos Comisarios por el presunto delito de "Violación de los deberes de funcionario público", artículo 248 del Código Penal, que prevé una escala penal de un mes a dos años de prisión. Cuatro empleados policiales, de los cuales sólo tres fueron identificados, por el presunto delito de "Homicidio en agresión" , en perjuicio de Sergio Cárdenas, un hecho de "Lesiones graves en agresión", y siete de "Lesiones leves en agresión, todos ellos agravados por la utilización de armas de fuego en su comisión" (artículos 95 con una pena de reclusión o prisión de dos a seis años en el caso del homicidio, de uno a cuatro años por las lesiones graves, y de 4 a 120 días de prisión para las lesiones leves). La agravante prevé que se deberá elevar en un tercio el mínimo y en su máximo.

En relación a la muerte de Nicolás Carrasco, se informa que la Fiscalía no ha realizado imputación alguna respecto de los autores materiales.

En tanto otros ocho empleados policiales, de los cuales sólo siete están identificados, están imputados por un hecho de "Lesiones graves en agresión" y siete hechos de "Lesiones leves en agresión, agravados por la utilización de armas de fuego".

Se han recibido 12 declaraciones indagatorias, y se ha previsto una ampliación de las audiencias para los próximos días. Posteriormente se dará vista a las partes y el expediente pasará a despacho para el dictado de la resolución que corresponda en el plazo de 10 días.

Ha consignado el Magistrado también que en cumplimiento de la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y los Tratados Internacionales, se ha respetado en un todo el relato de los hechos y las imputaciones realizadas por el Ministerio Público Fiscal. Este juzgado no ha realizado una calificación de los hechos, por no corresponder a esta etapa procesal. El informe pericial presentado por la Unidad Pericial de Causas Especiales dela Superintendencia de Policía Científica de la Policía Federal Argentina, fue ordenado en respeto a las garantías constitucionales del debido proceso y para garantizar el pleno ejercicio del derecho de defensa, en razón de que el primer informe técnico presentado por la Fiscalía, no reunía tales características.

El informe de la Unidad de Causas Especiales fue realizado sobre la base de constancias objetivas del expediente y con basamento científico y técnico. Tanto en la conformación de los puntos de pericia como en el proceso de estudio y examen, asimismo se dió intervención a las partes y los peritos designados por aquellas.

Al momento de presentación del informe, todos los peritos firmaron de conformidad las conclusiones. Fue presentada ante el Juzgado y se entregaron copias a las partes, las que concurrieron a la audiencia prevista y en la cual la defensa y la parte querellante representada por la Dra. Schifrinrealizaron consultas. Las manifestaciones realizadas a la prensa por las partes respecto de las conclusiones del informe pericial, corren por cuenta de quienes las efectuaron. Estas conclusiones serán evaluadas por el Tribunal al momento del dictado de la resolución.

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