Intiman a EDERSA a brindar servicio eléctrico en Peñas Blancas

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Se estableció además que la prestadora tiene un plazo impostergable de 10 días hábiles para acreditar el abastecimiento al sector mencionado.

En febrero pasado, el organismo regulador ya había resuelto acerca del caso y multó a la empresa distribuidora con 22.250 pesos, que debían ser distribuidos en partes iguales entre los propios vecinos. Ahora el EPRE, resolvió solicitar a la Fiscalía de Estado de Río Negro que inicie las acciones judiciales para el cobro de la multa a favor de los usuarios.

El proceder de la empresa EdERSA fue juzgado por el Ente provincial como “un obrar negligente”, en virtud que luego de ser notificada sobre la petición de los habitantes del lugar en reiteradas oportunidades, no avanzó en el procedimiento habitual para que reciban el servicio. La normativa establece para estos casos un lapso prudencial cuya espera no debe exceder los 15 días hábiles.

Ahora, de no habilitarse el servicio en el tiempo señalado, la Provincia avanzará por primera vez con las penalidades dispuestas por el artículo 36 del Contrato de Concesión, que establece la ejecución de las garantías otorgadas oportunamente por la distribuidora EdERSA en el inicio de su relación con el Estado Provincial.

Se considera para ello el incumplimiento en forma reiterada de sus obligaciones contractuales esenciales, aún habiendo sido intimada por el EPRE.

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