Por Resolución del Ministerio de Salud, hasta el 8 de
diciembre inclusive se mantendrá el esquema de restricciones y excepciones en
las zonas de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).
Las medidas incluyen a las ciudades y comisiones de
fomento de los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina, así como a San
Carlos de Bariloche y Dina Huapi.
Como es habitual, las acciones tienen el fin de proteger
la salud pública y de acuerdo a la situación epidemiológica y sanitaria de cada
localidad.
La circulación de las personas, por cualquier medio
habilitado, sólo podrá realizarse entre las 7 horas y las 24. Se exceptúa de
dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención
de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder
Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento
de cualquier autoridad.
• Comercio de productos esenciales: podrá realizarse en
el horario comprendido entre las 8 y las 22 de lunes a domingo. Balneario El
Cóndor de lunes a domingo de 7 a 22.
• Comercio de productos no esenciales y actividades de
servicios no esenciales: deberá realizarse entre las 8 y las 22 de lunes a
domingo, hasta un máximo de 9 horas diarias, a excepción del Balneario El Cóndor
de lunes a domingo de 7 a 22, conforme dispongan las reglamentaciones locales.
• Restoranes, bares, confiterías y locales similares, de
lunes a domingo hasta las 24. Los protocolos sanitarios específicos para dichas
actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y
privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del
resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del
COVID-19
• Estará permitida la realización de actividad deportiva
al aire libre de forma individual en el horario de 9 a 22, respetando las
pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.
• El desarrollo de la obra de carácter privado, con un
máximo de hasta cinco (5) obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de
obra y representante técnico.
• Trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de
personal de casas particulares o servicio doméstico.
• Habilitar la apertura de iglesias y templos para las
celebraciones de cultos, con una ocupación máxima del 25%, y un límite de 30
personas en lugares cerrados y un máximo de 30 personas en lugares al aire
libre,. Los mismos no deberán superar los 45 minutos, se mantendrá el
distanciamiento y el uso de protección facial durante toda la celebración.
19 abril 2024
Viedma