El experimentado perito
médico forense maragato, José Micieli hizo un pormenorizado análisis del
resultado de la autopsia practicada al cuerpo de la joven modelo de Carmen de
Patagones, Agostina Jalabert y no solo hizo cuestionamientos a la necropsia
practicada por los forenses mexicanos sino que además hizo observaciones que
pueden ser reveladores en la búsqueda pruebas de signos de violencia.
Micieli, ex Jefe de Policía
Científica de Carmen de Patagones, analizó la autopsia realizada al cuerpo de
Agostina a pedido de la familia de la víctima.
La familia de la joven hizo
pública una misiva del facultativo destinada a la abogada de la familia
Jalabert en México, Betina Touly y en la que formula las consideraciones
médicas aunque aclara que no busca entorpecer la investigación que la letrada
lleva a cabo en los tribunales de Quintana Roo, jurisdicción a la que pertenece
Playa del Carmen.
“En la descripción del
problema a investigar sería conveniente que la Dra. que realizó la práctica
hubiera evaluado el tiempo de evolución de las lesiones, como el golpe de puño
en la boca y el trauma craneal (aunque en las fotos serían compatibles a
perimortem) que pudieron haber sido producidas con el objetivo desvanecer a la
víctima para poder manipularla y finalmente colocarla en la posición que se la
halló, porque es difícil, ya que nunca vi, que una persona se
suicide por ahorcadura teniendo apoyo en el piso y que, si son ciertas las
versiones era de 1,20 m. Con respecto a las quemaduras de cigarrillo, dato
claro de tortura, lo mismo, no coloca el tiempo de evolución y como no envió
muestra a estudio Patológico, quizá cabria una declaración testimonial a los
fines de ampliar el informe”, consignó el facultativo.
También considera que “en la
descripción de las lesiones vulvovaginales en las que se observan equimosis, y
ya que la Dra. dice que son compatibles a relación sexual reciente, se puede
inferir que la misma no fue consentida ya que de así haber sido no tendría
porque tener lesiones, esto apoyado en la descripción de la lesión equimótica
en la cara interior tercio superior de muslo, zona considerada sexual
secundaria, que demuestra la negación de la víctima al acto sexual realizando
fuerza para no separar las piernas, hecho logrado por la violencia ejercida por
el victimario, el cual dejó esa impronta en el muslo y en la penetración
produjo la lesión por la autopsiante descripta. Por lo que también debería
aclarar si esas lesiones son, la del muslo, compatible a compresión manual y
las de la vagina, compatibles a penetración con algún elemento duro y romo, ya
que no lo describe en el informe”.
El doctor Micieli también
destaca en su observación que “como dato que falta y ya insoluble, debido a la
cremación del cuerpo, no hay envío a Patología, o por lo menos no está
informado, de partes del cuello que se ven comprometidas en las ahorcaduras,
como músculos esternocleidomastoideo, paquetes vasculares laterales del cuello,
tráquea ya que se podría determinar la presión ejercida en los mismos, no veo
que haya enviado a estudio histopatológico y bioquímico los órganos (bazo,
hígado, pulmón, cerebro). Una lástima porque hubiera arrojado datos de tóxicos
y saturación de hemoglobina y presencia o no de manchas equimoticas, estos
signos de asfixia”.
Finalmente, señala que “como
se desprende del informe de autopsia y tal como dice la autopsiante, las
lesiones que describió son recientes, aunque no determine data aproximada, las colocaría dentro de todo lo ocurrido
durante esa noche hasta el óbito. Lo descripto, seguramente, podrá ser avalado
o no por pericias posteriores y estudio de los resultados de los estudios
solicitados”.
2 septiembre 2024
Patagones