Hace más de una década, en
la ciudad de Cipolletti, dos hermanos, de 11 y 13 años, han vivido con la
esperanza de conocer a su bisabuela que reside al otro lado de la frontera, en
Chile. La madre, consciente de la importancia de los lazos familiares y la
riqueza de la historia compartida, ha perseverado incansablemente para que sus
hijos pudieran realizar este anhelado viaje.
La complejidad de la
situación radicaba en el hecho de que el padre de los niños, de manera
sistemática y sin motivo aparente, se negaba a firmar la autorización necesaria
para que sus hijos pudieran salir del país. Según el artículo 645 del Código
Civil y Comercial de la Nación, la autorización de ambos progenitores es
obligatoria para viajar al extranjero. Sin embargo, este mismo artículo otorga
al juez la facultad de suplir la negativa injustificada de uno de los
progenitores, especialmente cuando se considera el interés familiar.
En una audiencia en el
juzgado de Familia de Cipolletti, el padre no se presentó, reafirmando su
postura de negativa sin proporcionar razones. Ante esta situación, el juez
dictó un fallo autorizando a los hermanos a viajar a Chile para visitar a su
bisabuela. La decisión del magistrado no solo consideró la falta de
justificación del padre, sino que también se basó en el Interés Superior del
Niño, respetando la Convención de los Derechos del Niño, que reconoce el
derecho de la niñez al descanso, esparcimiento, juego y participación en la
vida cultural. Además, la Observación General 14 del Comité de los Derechos del
Niño respaldó la decisión judicial.
El permiso concedido no solo
permitirá a los hermanos finalmente conocer a su bisabuela a mediados de
febrero, sino que se extendió hasta su mayoría de edad. Esta medida evita que
los niños tengan que recurrir al Poder Judicial cada vez que deseen desplazarse
desde Cipolletti, asegurando así que puedan disfrutar plenamente de su tiempo
de ocio y recreación con su familia materna en Chile. La resolución judicial no
solo desbloqueó las puertas del viaje sino que también allanó el camino para
futuras experiencias familiares, todo en beneficio del interés familiar y el
bienestar de los hermanos.
8 diciembre 2024
Judiciales