Un reciente fallo determinó que el Juzgado Civil N° 31 de
Choele Choel será el encargado de resolver la filiación de una mujer que busca
ser reconocida como hija biológica de un hombre ya fallecido, y que, de
comprobarse el vínculo, se convertirá en heredera. El caso plantea múltiples
interrogantes sobre la filiación y el derecho a la herencia, especialmente
cuando la paternidad no fue reconocida en vida.
El proceso comenzó en el Juzgado de Familia de Luis Beltrán,
donde la mujer presentó una demanda para impugnar el reconocimiento de
paternidad de un hombre que no era su padre biológico y, simultáneamente,
buscar ser reconocida como hija de otro. La complejidad del caso reside en que
ambos hombres fallecieron, por lo que la demanda involucra a los herederos de
cada uno.
Ante la presentación, el Juzgado de Familia solicitó la
intervención del Ministerio Público Fiscal, que dictaminó que el caso debía
resolverse en el Juzgado Civil de Choele Choel, donde ya se tramita la sucesión
del presunto padre biológico. Este procedimiento aplica el "fuero de
atracción", figura legal que concentra en el expediente sucesorio todos
los procesos que puedan afectar la herencia.
La jueza de Familia recordó que el Código Civil y Comercial
de la Nación permite a las personas reclamar su filiación extramatrimonial en
cualquier momento, incluso después de la muerte del progenitor, dirigiendo la
acción contra los herederos. En este caso, el reconocimiento de la filiación
influirá directamente en la distribución de la herencia.
La resolución final del caso dependerá de las pruebas
presentadas en el Juzgado Civil, que deberá determinar si la mujer tiene
derecho a ser reconocida como heredera.
8 octubre 2024
Judiciales