En Río Negro, un hombre acusado de compartir videos con
contenido sexual grabados durante una relación fue objeto de medidas cautelares
dictadas por la jueza de Paz, en el marco de un caso de violencia digital. El
hecho fue denunciado bajo la Ley 26.485 de Violencia contra la Mujer, tras la
viralización de estos contenidos por parte de su expareja.
La mujer afectada presentó la denuncia en la Comisaría de la
Familia, indicando que su ex pareja había difundido sin su consentimiento
videos íntimos. En respuesta, la jueza de Paz resolvió que los hechos se
encuadran como violencia digital, según lo establece el artículo 4 inciso I de
la Ley 26.485, modificada por la Ley 27.736. La jueza explicó que la
circulación de los videos afectaba emocionalmente a la denunciante, generando
humillación y daño a su integridad.
Durante la audiencia, el denunciado reconoció la existencia
de los videos viralizados. Afirmó que había perdido su celular, lo que habría
facilitado la difusión de los contenidos, aunque desconocía quién fue el
responsable inicial de las publicaciones. Además, mencionó que la situación
provocó conflictos en su entorno personal.
Como parte de las medidas cautelares adoptadas, la jueza
dispuso que el denunciado se abstuviera de acercarse, contactar o comunicarse
con la denunciante. También se ordenó que completara una capacitación
obligatoria en temas de género, diversidad, masculinidades, relaciones de poder
y cambio social, ofrecida por el gobierno de Río Negro. La capacitación deberá
realizarse en un plazo de 15 días y el acusado deberá acreditar su cumplimiento
ante el juzgado de Paz.
La resolución judicial también contempló la eliminación de
datos identificatorios de las personas involucradas en las publicaciones
relacionadas con el caso, con el fin de garantizar la privacidad y seguridad de
las partes. Se advirtió al denunciado que el incumplimiento de las medidas
podría acarrear sanciones conforme a la Ley 26.485.
Este fallo subraya la importancia de brindar a las víctimas
medidas de protección inmediatas y eficaces. En este sentido, se destacó la
obligación de los tribunales de tratar las causas con perspectiva de género.
Además, la resolución apeló a la Convención Belém do Pará, reforzando la
necesidad de prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra las
mujeres.
La Ley Olimpia, sancionada el 10 de octubre de 2023 en
Argentina, incorpora la violencia digital como modalidad de violencia de género
dentro de la Ley 26.485, con el objetivo de reconocer y sancionar conductas que
vulneren la intimidad y dignidad de las personas en entornos digitales.
2 diciembre 2024
Judiciales