Una empleada doméstica que trabajó más de dos décadas para un matrimonio de San Antonio Oeste y que acompañó a la familia en dos mudanzas, incluyendo un traslado a Posadas, Misiones, recibirá una millonaria indemnización luego de ser despedida telefónicamente durante sus vacaciones en marzo de 2022. La Cámara del Trabajo de Viedma dictó sentencia en favor de la trabajadora, quien demandó a sus empleadores por no reconocer la relación laboral y la falta de pago de indemnizaciones.
Según consta en el expediente judicial, la mujer trabajó para el matrimonio desde finales de la década de 1990, primero en San Antonio Oeste y luego en varias ciudades, hasta que en 2021 se mudaron a Posadas. Durante este tiempo, cumplió tareas de limpieza, mantenimiento del hogar y cuidado de los animales, entre ellos una mona. Sin embargo, cuando la trabajadora tomó vacaciones, fue despedida de manera verbal por teléfono sin previo aviso.
A pesar de la negativa del empleador, quien argumentó en el juicio que nunca había trabajado para él, los testimonios de diversos testigos corroboraron la existencia de la relación laboral. La mujer había sido empleada, incluso, "cama adentro" durante varios años. Además, las pruebas documentales y los informes de testigos revelaron que la trabajadora realizó sus tareas de manera constante, sin el reconocimiento formal del vínculo laboral.
El tribunal consideró que la negativa de los empleadores a reconocer el contrato de trabajo y a indemnizar a la mujer constituyó una "injuria grave", lo que habilitó la figura del despido indirecto. La Cámara del Trabajo determinó que la trabajadora se desempeñaba bajo la categoría de "personal para tareas generales" del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
El fallo judicial impuso al empleador una indemnización que incluye diferencias salariales, el pago correspondiente por despido y horas extras, además de una duplicación indemnizatoria prevista por la ley. La resolución también contempló la aplicación de intereses y estableció que las costas judiciales correrán a cargo del demandado.
15 enero 2025
Judiciales