En el marco de una audiencia realizada este viernes en el fuero penal, la Justicia resolvió imponer como regla de conducta el cumplimiento del régimen de comunicación vigente entre un padre y su hija menor de edad, en una causa que investiga un episodio de violencia ocurrido en el barrio 22 de Abril.
El proceso se desarrolló inicialmente para la formulación de cargos contra una mujer acusada por la Fiscalía de haber atacado a su ex pareja el 24 de julio pasado, en el exterior de una vivienda. De acuerdo a la acusación, el hecho incluyó golpes de puño y el uso de un arma blanca, cuando el hombre se presentó en el domicilio para devolver a la hija en común, en cumplimiento de lo dispuesto por el fuero de familia.
Desde el Ministerio Público Fiscal se indicó que las lesiones sufridas por la víctima fueron calificadas como leves y agravadas por el vínculo existente entre las partes. Además, se mencionó que el episodio investigado no habría sido aislado, ya que en el ámbito del fuero de familia constan antecedentes de conflictividad entre ambos progenitores y una prohibición de acercamiento vigente al momento del hecho.
Durante el desarrollo de la audiencia, una vez formulados los cargos, la instancia judicial tomó otro curso cuando el hombre —quien se desempeña como personal policial— hizo uso de la palabra. Allí expresó que su principal interés era poder restablecer y sostener el contacto con su hija, señalando que en los últimos seis meses solo había podido verla durante 15 días y que llevaba más de un mes sin contacto con la niña.
En ese contexto, la defensa de la imputada presentó una propuesta de suspensión de juicio a prueba. Entre las condiciones ofrecidas se incluyó la realización de un tratamiento psicológico por el plazo de un año, orientado a abordar episodios de ira, y una reparación económica. El denunciante manifestó su conformidad con la suspensión, aunque rechazó recibir una compensación económica directa y solicitó que el monto ofrecido sea destinado al hospital Artémides Zatti.
Asimismo, el hombre pidió que el cumplimiento efectivo del régimen de comunicación vigente con su hija sea incorporado como una de las reglas de conducta, planteo que fue considerado en el acuerdo presentado ante el tribunal. Según expresó en la audiencia, su objetivo era poder ver a la niña sin interrupciones prolongadas.
Finalmente, el juez interviniente resolvió hacer lugar a la suspensión de juicio a prueba solicitada por la defensa e impuso las reglas de conducta acordadas por las partes, entre ellas la obligación de respetar el régimen de comunicación. También dispuso el control judicial del cumplimiento de las condiciones fijadas, mientras continúan tramitándose actuaciones vinculadas en otros fueros.

15 diciembre 2025
Judiciales