Al letrado se le atribuía la omisión de adoptar las medidas necesarias para que se promoviera la investigación de una red de prostitución de menores, luego de que éste notificara una reveladora escucha telefónica.
Cid, por su parte, indicó que no hubo demoras, ni perjuicio o entorpecimiento de la investigación, mientras que aseguró que en todo momento colaboró y apoyó el procedimiento de investigación.
El pedido del acusador implicaba la suspensión del fiscal por un período de 20 días, medida que fue desestimada por el STJ.
Según la visión de la mayoría de los consejeros, la razón asistió a la defensa tras verificarse la “falta de racionalidad y la auto-contradicción”, lo que, según manifestaron, afecta el derecho de defensa del acusado.
Previamente el tribunal había desestimado otros cargos, que incluían negligencia e inacción.
21 diciembre 2024
Judiciales