Bariloche: Procesado por homicidio de niña de tres años de edad

Comentar

El hecho sucedió el pasado día 24 de abril, a las 7.55 horas de la mañana. El procesamiento también lo alcanza en calidad de autor de las lesiones graves sufridas por la madre de la niña.

El magistrado sostuvo que "En su calidad de poseedor del predio ya reseñado, y como titular del cuidado de los animales que allí se encontraban depositados, el prevenido tuvo a su cargo una serie puntual de deberes de cuidado, tales como el aseguramiento de que la presencia de aquéllos no pusiera en riesgo la integridad física y la salud de terceras personas. Para lograr tal cosa debió velar para que su tránsito y desplazamiento se circunscribiera a un ámbito delimitado por un corral o, en su caso, por alambrados precisos que imposibilitaran posibles invasiones a sitios no permitidos".

Sin embargo, agregó el Juez Lozada, "sabemos que debido a su negligencia omitió cumplir con esos cuidados indispensables, los que debieron haberlo llevado a mantener a los equinos en el interior de un corral, o en su caso, por fuera de aquél, aunque sin la posibilidad de que abandonaran la superficie del predio a su cargo. Para ello, resultaba indispensable la existencia de un adecuado cerramiento por medio de alambres u otros dispositivos tendientes a esa misma finalidad. Cerramiento respecto del cual, tal como sabemos, el prevenido se desatendió".

El magistrado consideró que el ahora procesado "omitió cumplir con los cuidados que le hubieran posibilitado impedir la producción del suceso investigado. Y lo hizo al dejar librado al azar el tránsito y la circulación de al menos uno de los animales a su cargo".

De modo que "el cumplimiento de los deberes que en su calidad de cuidador del predio tenía a su cargo le hubiera permitido mantener dentro de los límites de aquél al caballo en cuestión y evitar, en consecuencia, que abandonara su perímetro e invadiera la superficie de la ruta en donde fue objeto de colisión".

Así, sostuvo el juez, "creó una situación de riesgo no permitido que se tradujo, sin más, en la producción efectiva del suceso que se ha venido narrando, y como consecuencia directa del mismo, la muerte y la lesión cuya producción se le reprocha".

Acerca de se riesgo puntual estuvo el procesado perfectamente enterado: "Tan es así que como consecuencia de una advertencia que se le formulara al intendente municipal, en marzo de 2012 personal de la Dirección de Inspección General de la Municipalidad se hizo presente en el predio en cuestión, sitio en el cual fueron atendidos por el propio imputado, a quien se notificó que “deberá extremar las medidas de seguridad a fin de que los equinos de su propiedad no accedan a la vía pública”.

También te puede interesar...