Condenan a Provincia a indemnizar a un joven que estuvo preso y era inocente

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Serra además condenó a la Provincia a pagar las costas del juicio y dispuso que los camaristas Marcelo Barrutia y Alfonso Pavone, quien se jubiló, paguen una mínima parte de las costas del proceso. El fallo se publicó esta semana en la página web del Poder Judicial de la provincia.

Serra advirtió que correspondía admitir la demanda por daños y perjuicios que interpuso el joven contra la Provincia porque no se preservó su derecho de defensa y porque por un excesivo rigorismo formal estuvo un año y nueve meses detenido en forma innecesaria.

Matus fue condenado el 24 de mayo de 2004 por la Cámara Criminal Primera de Bariloche a 10 años de prisión como autor de la supuesta violación contra una joven de 19 años. El hecho que se le atribuyó ocurrió supuestamente la madrugada del 13 de julio de 2003 en la escalera que vincula la calle Tiscornia con la Barda del Ñireco. El joven fue detenido horas después del hecho denunciado.

Tras la condena, fue trasladado al penal de Viedma, donde elaboró el manuscrito sin asesoramiento.

El STJ admitió el planteo y el defensor oficial Gerardo Balog se hizo cargo de promover una demanda impugnativa ante el máximo tribunal de la provincia, que el 18 de septiembre de 2006 declaró la nulidad de todo lo actuado y reenvió la causa a Bariloche para un nuevo juicio.

Cuando se hizo el segundo juicio, Matus fue absuelto porque el Fiscal de Cámara Carlos López retiró la acusación ya que aparecieron elementos a favor del joven, quien recuperó la libertad en noviembre de 2006.

Matus interpuso la demanda contra la Provincia con el patrocinio de los abogados Mario Altuna y María Criado. El joven reclamó 1.035.812 pesos por daños y perjuicios. Y además citó como terceros a Pavone, Barrutia, López y a la abogada particular Silvia Frank.

La Provincia solicitó el rechazo de la demanda y los jueces, López y Frank plantearon excepciones de falta de legitimación pasiva.

Serra recordó que la entonces procuradora del Poder Judicial Liliana Piccinini había hecho "expresa referencia a la situación de indefensión en que se encontraba el imputado, que desembocó en el rechazo del recurso de casación por falta de firma de la letrada (por Franck) y por la ausencia de citas concretas respecto de las disposiciones que se consideraban violadas o erróneamente aplicadas".

"Más allá del criterio restrictivo que rige en materia de responsabilidad del Estado derivada de la actuación del órgano jurisdiccional, sostener que Matus no resulta merecedor de resarcimiento por haberse prolongado innecesariamente su detención por casi de dos años (cuando la Cámara tuvo a su alcance la posibilidad de procurarle una defensa idónea), implicaría lisa y llanamente propugnar la absoluta irresponsabilidad del Estado", afirmó el juez.

"Ante un individuo que vió afectado uno de sus derechos humanos fundamentales, no sólo por la más que cuestionable actuación de su letrada, sino también por la del Tribunal que incurrió en un excesivo ritualismo y reitero nuevamente, omitió garantizar debidamente su derecho de defensa, privándolo así de la posibilidad de acceder a la revisión de la sentencia en un plazo razonable, tengo la absoluta convicción de que el Estado debe responder por los perjuicio sufridos", aseguró.

FUENTE: De Bariloche

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