La Federación Judicial Argentina exige que la Legislatura apruebe paritarias para el sector

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“Rechazamos la concepción profundamente conservadora y muy alejada de las necesidades de profunda democratización que tiene el poder judicial rionegrino”, manifestaron.

También indicaron que “la poca consideración que parecen tener estas autoridades con respecto a los derechos colectivos de sus trabajadores, nos genera una enorme preocupación por la consideración que pueden tener acerca de los derechos colectivos del conjunto de la clase trabajadora”.

Además señalaron que “a favor de los trabajadores obra el caso 2881 de la OIT, que expresa ‘el Comité pide al Gobierno que tal como lo dispone el artículo 5 del Convenio número 154 adopte las medidas adecuadas a las condiciones nacionales, inclusive legislativas si fueran necesarias, para fomentar la negociación colectiva entre las autoridades del Poder Judicial y las organizaciones sindicales concernidas’”.

En ese sentido expresaron que “a partir de esta resolución, que se basa en el convenio 154 de la OIT y que, por estar suscripto por nuestro país desde 1988, forma parte del plexo jurídico constitucional, los trabajadores judiciales tenemos la firme expectativa de que se avance en la creación de un espacio nacional de negociación colectiva y que, asimismo, dicho espacio se articule de modo armónico con ámbitos provinciales específicos, a fin de arribar a un convenio colectivo que fije los derechos mínimos garantizados para todo el sector. Ni más ni menos que el resto de los sectores de los trabajadores del país, que ya gozan de esos derechos”.

Finalmente exhortaron “a las autoridades legislativas de Río Negro que, siendo coherentes con el arduo trabajo desarrollado en las distintas comisiones y los compromisos asumidos con el Sitrajur y la Federacion Judicial Argentina, cumplan sin más dilaciones, con el mandato constitucional del art. 14 bis de nuestra Carta Magna Nacional, consagrando el efectivo derecho a la negociación colectiva para los trabajadores judiciales de Río Negro”.

“El derecho a la negociación colectiva y a tener convenio colectivo constituyen derechos básicos. Es esencial para la libertad sindical. Sin paritarias no hay derechos”, concluyeron.

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