Buscan regular los feed lot en Río Negro

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El “feed lot” (lote u hotel de alimentación) es una tecnología de producción de carne en donde los animales se encuentran en corrales, bajo un control sanitario y nutricional, procurándose que la alimentación sea la más ajustada posible para producir la mayor cantidad de carne en el menor tiempo y al menor costo, maximizando la ganancia diaria.

Betelú plantea que existen inconvenientes y problemas derivados de este tipo de producción como consecuencia del vacío legal que presenta esta figura. Según explica el legislador, es justamente en materia ambiental donde surgen inconvenientes con respecto a esta práctica. Menciona problemas relacionados a olores nauseabundos, alta concentración de estiércol, reproducción de moscas en enormes cantidades y otras alimañas, emisión de amoníaco, emisión de gas metano, y la posibilidad de contaminación de los cursos de agua, como así también de las napas de agua, con fosfatos y nitratos, en grandes proporciones, ya que las excretas son ricas en estos componentes

Asegura que el inconveniente surge cuando estos establecimientos, se encuentran a una distancia estrecha o en zonas que no son ambientalmente adecuadas para su instalación. Los problemas sanitarios y de higiene, son el gran problema a solucionar, y ello es posible, con pautas claras que establezcan el funcionamiento de la actividad.

Por eso el proyecto presentado establece condiciones y requisitos que deben reunir estos establecimientos productivos para poder funcionar. El articulado incluye condiciones para el uso del agua, el tratamiento y almacenamiento de residuos líquidos y sólidos, el tratamiento de animales muertos y el manejo de vectores.

Propone además la creación de un Registro Provincial de Establecimientos de Engorde Intensivo de Ganado Bovino a Corral, donde deberán inscribirse todos los establecimientos para ser habilitados.

La iniciativa busca encuadrar estos establecimientos que se dediquen al engorde de ganado bovino a corral en dos categorías, una con los que poseen una capacidad inferior a 200 animales y otra con los que superen esa cantidad.

Asimismo, prohíbe la instalación de estos establecimientos en zonas urbanas o suburbanas, en humedales o zonas susceptibles de degradación, y en inundables o anegables.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable sería la autoridad de aplicación de la norma.

Cabe recordar que este proyecto había sido presentado con anterioridad, pero no avanzó en su debate en las comisiones.

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