Explicaron las legisladoras que “el Defensor ejercerá sus funciones junto a un Defensor Adjunto, quien podrá además reemplazarlo en caso de cese, muerte, suspensión o imposibilidad temporal”.
Mencionaron que los mismos serán designados por el Poder Legislativo, por mayoría de sus miembros, en una sesión especial que se convocará a tal efecto. La designación se hará a propuesta del Ejecutivo Provincial, de una nómina que podrá contener hasta un máximo de tres postulantes.
El Defensor y el Adjunto percibirán una remuneración equiparable a la del Defensor del Pueblo de la Provincia y el Defensor del Pueblo Adjunto respectivamente.
Milesi y Uría explicaron que las funciones del Defensor serán, entre otras: promover las acciones para la protección de los intereses difusos o colectivos relativos a las niñas, niños y adolescentes; interponer acciones para la protección de los mismos en cualquier juicio, instancia o tribunal; requerir para el desempeño de sus funciones el auxilio de la fuerza pública y de los servicios médicos-asistenciales y educativos, sean públicos o privados y proporcionar asesoramiento de cualquier índole a las niñas, niños y adolescentes y a sus familias, a través de una organización adecuada.
“El hecho de que los niños, niñas y adolescentes sean reconocidos como sujetos de derecho, implica que han dejado de ser definidos por sus carencias, o por considerar a la niñez y adolescencia como etapa previa a la vida adulta, sino más bien que se los reconoce como seres humanos completos, portadores de derechos y atributos que les son inherentes por su condición de persona, mas aquellos que les corresponden específicamente por su condición de niño”, expresaron las legisladoras.
Destacaron que “en el año 2006 la Legislatura rionegrina sancionó la ley provincial D Nº 4109 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, que sigue los lineamientos de la Convención Internacional y la normativa nacional”.
“Si bien estas normas significaron un paso importante en la protección de los derechos ya reconocidos en la 'Convención sobre los Derechos del Niño', lo cierto es que dicha normativa de cumplimiento obligatorio, impuso al Estado el deber de garantizar la efectividad de todos los derechos que contiene” mencionaron las legisladoras.
Agregaron que “resulta fundamental y necesario para el cumplimiento del bloque de constitucionalidad de las leyes de protección de la niñez, que se cree un Sistema que permita el tratamiento concreto de los problemas de la niñez, de conformidad a la ley vigente que destierre definitivamente la vieja mirada “tutelar”, centrada en una actividad judicial destinada a controlar, informar, diagnosticar e indicar tratamientos, antes que restituir derechos”.
Para finalizar las legisladoras explicaron que “la presente iniciativa tiene como objetivo la creación de una entidad que reconozca y defienda los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Siendo su objetivo fundamental intervenir en las cuestiones relativas a la defensa, promoción, protección de los derechos y garantías de los niños y adolescentes y garantizar, justamente, el cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia y la juventud consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, incorporada a las Constituciones Nacional y Provincial, la ley provincial D Nº 4109 y ley nacional Nº 26.061”.
Acompañan la iniciativa, los legisladores Dario Berardi, Alejandro Betelú, Adrían Casadei, Leonardo Ballester y Alfredo Pega.

14 enero 2026
Río Negro