La Federación Judicial Argentina denuncia "presiones" por parte del STJ para "impedir" la aprobación de la ley de Convenio Colectivo

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"Hemos sido testigos de las presiones que ejerce el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro para impedir o al menos condicionar la aprobación de la ley, lo que constituye no sólo una intromisión en las atribuciones de otro poder del Estado, sino una afrenta a los derechos más elementales de los trabajadores, en un claro mensaje al resto de los Estatales, con la intención de mantener la discrecionalidad cuasi feudal de modificación unilateral de las condiciones de trabajo”, afirmaron.

Asimismo expresaron que “tenemos siempre presente el reciente caso 2881 de la OIT, que expresa ‘el Comité pide al Gobierno que tal como lo dispone el artículo 5 del Convenio número 154 adopte las medidas adecuadas a las condiciones nacionales, inclusive legislativas si fueran necesarias, para fomentar la negociación colectiva entre las autoridades del Poder Judicial y las organizaciones sindicales concernidas’”.

También señalaron que “a partir de esta resolución, que se basa en el convenio 154 de la OIT y que, por estar suscripto por nuestro país desde 1988, forma parte del plexo jurídico constitucional, los trabajadores judiciales tenemos la firme expectativa de que se avance en la creación de un espacio nacional de negociación colectiva y que, asimismo, dicho espacio se articule de modo armónico con ámbitos provinciales específicos, a fin de arribar a un convenio colectivo que fije los derechos mínimos garantizados para todo el sector. Ni más ni menos que el resto de los sectores de los trabajadores del país, que ya gozan de esos derechos”.

Además indicaron que “por ello exhortamos a las autoridades legislativas de Río Negro a que mantengan coherentemente su voto manifestado en la primera vuelta, y dando muestras de espíritu republicano y de avance en la democratización de las relaciones laborales, y aprueben en segunda vuelta y tengamos definitivamente Ley de Convenio Colectivo de Trabajo para el sector judicial”.

“El derecho a la negociación colectiva y a tener convenio colectivo constituyen necesidades básicas. Es esencial para la libertad sindical. Sin paritarios no hay derechos”, concluyeron.

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