Se aprobó en la Legislatura una actualización de la Ley 1844
que incorpora al agrupamiento de informáticos de la Administración Pública que
posiciona a estos trabajadores frente a una sustancial mejora laboral.
“Desde hace un tiempo venimos trabajando para que este
sector de agentes sean reconocidos cabalmente en su labor y tratados justamente
en el escalafón de los demás trabajadores de la Administración Pública”, manifestó
Juan Carlos Scalesi.
El gremio indicó que el proyecto fue impulsado por UPCN, con
la autoría de los legisladores Rodolfo Cufré, Facundo López y Graciela Valdebenito,
y se enmarca en esta etapa de modernización del Estado que se promueve desde el
Ejecutivo.
Es en este sentido que la nueva normativa plantea la
modificación de la Ley 1844, concretamente en el artículo 2º del Anexo II
“Escalafón del Personal de la Administración Pública de Río Negro”, en su
Capítulo II “Agrupamientos”, donde se agrega el de “Informático”’, que
incluye al personal profesional de la Administración Pública
provincial que por sus funciones, capacidades, formación y entrenamiento
técnico, desempeñan trabajos en las áreas de informática, cuyo ingreso al nuevo
agrupamiento se hará de acuerdo al nivel profesional adquirido y comenzará por
la categoría diez (10) pudiéndose
extender hasta la categoría veinticinco (25), según el nivel profesional
que alcance el agente.
Además, el Poder Ejecutivo “dispondrá la recategorización
del personal comprendido en el régimen de la ley 2094 (la vigente hasta hoy Ley
de los informáticos) que actualmente opera en diferentes organismos de la Administración
Pública Provincial”.
UPCN explicó que por otro lado, se establece que “por única
vez y con carácter excepcional”, se los reubicará teniendo en cuenta la
categoría actual, la fecha de última promoción, los años de permanencia en
dicha categoría, las funciones desarrolladas y los títulos habilitantes que
poseen.
Por último explicaron que dichas reubicaciones serán sólo a
los efectos de la carrera administrativa, no implicando ello el reconocimiento
de diferencias salariales retroactivas. Este personal, que no posee título
profesional y que cumple funciones inherentes a la tecnología informática
llegará a la categoría 21.

28 diciembre 2025
Gremiales