Un hombre que trabajaba como repositor en una ferretería
de Viedma se encontraba manipulando un lote de cajas de aproximadamente 30
kilogramos y sintió una molestia en su espalda baja. Luego de más de 40 minutos
tuvo un fuerte pinchazo en su zona lumbar seguido de un agudo dolor, el cual
empeoró con el pasar de las horas. Esto le impidió que se pudiera mantener de
pie por varios minutos y recibir golpes o sobresaltos al conducir su vehículo,
porque sentía dolor, que perduraba varios días.
Oportunamente la A.R.T. le ordenó la realización de
estudios que evidenciaron la existencia de protrusión discal, por lo cual se le
otorgó tratamiento kinesiológico y luego se le dio de alta. Por su parte, la
Comisión Médica luego de su examen físico consideró que el problema de salud
del trabajador no era producto de las realización de dichas tareas laborales.
Dictaminó un porcentaje de incapacidad que para el trabajador no era el
adecuado para las secuelas que tuvo. De esa manera, inició una demanda.
El perito médico explicó que “en el informe de resonancia
nuclear magnética” se encontraron lesiones que “se corresponden con patología
degenerativa discal. Asimismo, dicha resonancia informa la presencia de una
protrusión discal (hernia discal). Cabe consignar que dicha patología es
reconocida como enfermedad profesional en el marco de la Ley de Riesgos del
Trabajo”.
La Cámara Laboral de Viedma tuvo en cuenta “la falta de
contestación de demanda, autoriza a presumir la veracidad de los hechos
pertinentes y lícitos afirmados por la parte actora y a tener por auténtica la
documental acompañada, que no fue objeto de desconocimiento”
De esta manera condenó a Prevención A.R.T. S.A. a abonar
al trabajador poco más de un millón de pesos como resarcimiento.
24 enero 2025
Judiciales