Un hombre que
trabajaba en una empresa multinacional de servicios petroleros fue objeto de un
embargo luego de que prosperara el reclamo judicial de la madre de sus hijos,
en Cipolletti.
El progenitor abonaba
un 30% de su salario en concepto de cuota alimentaria. Pero acordó una
desvinculación laboral y parte del dinero que tenía en su cuenta sueldo fue
destinado a pagos futuros.
Ante la situación de
incertidumbre, la madre de los niños promovió el proceso judicial en uno de los
juzgados de Familia de Cipolletti. Ella conocía que el padre de los nenes había
percibido una suma de dinero debido a la desvinculación laboral. Se trataba de
una “gratificación especial por cese” que le había depositado la multinacional.
Como los progenitores
no se pusieron de acuerdo respecto del futuro de la cuota y ante la nueva situación
del padre que ya no tenia trabajo, la mujer pidió un embargo para asegurarse
pagos futuros.
La demanda prosperó y
al hombre le embargaron la suma de 206.121,67 pesos y de 200 dólares. Esa cifra
alcanzaba para abonar cuotas hasta el próximo año con la expectativa de que en
ese lapso el padre encontraría un nuevo trabajo.
Sin embargo, las dos
partes presentaron recursos de apelación. La madre pretendía un embargo por una
suma mayor y el hombre se quejó por el pago de costas.
La Cámara de
Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia y respecto de las costas
mantuvo el criterio jurisprudencial. Recordó que en los juicios de alimentos,
si el reclamo progresa, las costas deben imponerse al alimentante obligado “a
fin de no gravar con esa carga económica los importes de las cuotas
alimentarias cuya obtención y reconocimiento ha sido -precisamente- el motivo
del litigio”.
23 enero 2025
Judiciales