Un docente de matemáticas de Maquinchao fue declarado
culpable del delito de grooming del que resulto víctima una niña de la misma
localidad.
Tras el juicio oral que se realizó del 10 al 12 de
agosto, el Tribunal de Juicio tuvo por acreditado que a lo largo de varios
meses y hasta finales de 2017, el hombre, quien por entonces tenía 37 años,
simuló ser un adolescente desde su perfil en la red social Snapchat para ganar
la confianza de una niña de 12, con el propósito final de cometer un delito
contra su integridad sexual.
Conocido el veredicto de culpabilidad, la Oficina
Judicial de la Segunda Circunscripción definirá ahora la audiencia de cesura en
la que se debatirá el monto de la pena a aplicar al imputado. El art. 131 del
Código Penal, que define el tipo penal de grooming, establece que “Será penado
con prisión de 6 meses a 4 años el que, por medio de comunicaciones
electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de
datos, contactare a una persona menor de edad con el propósito de cometer
cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Tal como explicó la jueza de juicio Verónica Rodríguez al
dictar su veredicto, el grooming no necesita que se materialice un abuso sexual
físico para configurar un delito. Lo que la ley pretende con esta figura penal
es “proteger la libertad sexual” de los y las menores de edad, por lo que el
delito se consuma con la efectiva comunicación del adulto con el niño o niña a
través de medios digitales y con la finalidad última de atacar su integridad
sexual.
“Ninguna duda me cabe de que R. contactó a la niña a
través de la red social Snapchat con el propósito de cometer un delito contra
su integridad sexual. Para ello seleccionó una red social de mensajería
instantánea utilizada exclusivamente por menores de edad, que le garantizó
ocultar su verdadera identidad, ser percibido como un par por su joven víctima
y una vez ganada su confianza acceder a sus fotografías, a las que comentaba
con emoticones de corazones y de enamorado, para ir así ganando su confianza
hasta lograr contactarla por el chat privado de la misma aplicación”.
El hombre hacía comentarios a la niña sobre su aspecto
físico, su ropa y partes de su cuerpo, luego intercambió fotografías y
finalmente generó incomodidad en ella. El diálogo se mantuvo durante seis meses
a través de la red social, hasta que circunstancialmente salió a la luz la
verdadera identidad del autor de esas expresiones.
El caso llegó a juicio por tres hechos similares
relacionados con niñas de la localidad. En un caso el docente fue declarado
culpable, en tanto que en los otros dos el hecho se declaró atípico por no
reunir los requisitos legales que configuran el delito de grooming.
17 enero 2025
Judiciales