Una mujer trabajó cinco años “en negro” en un
geriátrico, cobrando por debajo de la escala salarial y haciendo horas extras
sin compensación. Según relató en su demanda, cada vez que reclamaba por sus
derechos laborales, la dueña de la residencia amenazaba con despedirla, hasta
que finalmente lo hizo.
Tras analizar la documentación y testimonios
presentados por la trabajadora, la Cámara Laboral Segunda de Roca hizo lugar a
la demanda y condenó a la empleadora no sólo por el despido sin justa causa y
los salarios liquidados por debajo de la escala, sino que triplicó la
indemnización porque la relación laboral no estaba registrada, porque la mujer
fue despedida durante la vigencia de un decreto nacional de emergencia
ocupacional y porque fue forzada a hacer un juicio para hacer valer sus
derechos.
En el juicio se tuvo por probado que la mujer llevaba
cinco años trabajando como “asistente geriátrica”, tarea que incluía limpiar
las habitaciones y demás dependencias del asilo y servir alimentos, cuidar,
vestir, higienizar, suministrar medicamentos y efectuar curaciones a los
ancianos y las ancianas allí alojados. Trabajaba 6 horas, de lunes a lunes, con
un franco semanal. A veces hacía horario nocturno y horas extras, pero no se lo
pagaban correctamente. Como su contrato no estaba registrado, no percibía
aportes, aguinaldos ni los beneficios de la seguridad social.
“La desidia y el comportamiento desaprensivo de la
empleadora no sólo privó a su trabajadora de tener una adecuada respuesta
frente a los reclamos efectuados, sino que además le vedó la posibilidad gozar
de vacaciones pagas, licencias adecuadas, de los correspondientes SAC, obra
social, jubilación, entre muchos otros beneficios”, advirtió la Cámara en su
sentencia. “Quedó demostrado que la demandada menospreció el trabajo, la
integridad psicofísica y la salud de su dependiente”, señaló el fallo.
De la demanda surge que, tras ser despedida
verbalmente, la mujer le envió una carta documento a la dueña del asilo. Le
reclamó que blanquee la relación laboral y que le pague todos los rubros
adeudados “bajo apercibimiento de considerarse despedida”. Ese mismo día
recibió como respuesta otra carta documento donde la empleadora desconoció el
trabajo realizado por la asistente geriátrica y además dijo “no haberla visto
nunca”.
Como no prosperó la audiencia de conciliación llevada
adelante ante la Delegación de Trabajo, la mujer tuvo que iniciar el expediente
judicial. Tras evaluar las pruebas que presentó la afectada, y ante el absoluto
silencio de la demandada, quien no contestó la demanda dentro del plazo legal,
la Cámara condenó a la dueña del asilo a pagar una indemnización de más de 2,4
millones de pesos.
Esa suma incluye la indemnización básica por el
despido sin causa, la falta de preaviso, los salarios y aguinaldos no
percibidos, los reajustes de haberes que había cobrado por debajo de la escala
salarial los últimos dos años y los intereses acumulados.
Pero además se sumaron tres agravantes previstos por
las leyes laborales: una duplicación de la indemnización básica por la falta de
registración del empleo, un 50% más por haber obligado a la trabajadora a
reclamar por la vía judicial y otra duplicación por haberla despedido durante
la vigencia del decreto de emergencia pública en materia ocupacional, que fue
dictado en 2019 por el Ejecutivo Nacional y ha sido prorrogado sucesivamente
hasta la actualidad.
17 enero 2025
Judiciales