Un hombre fue declarado responsable hoy del delito de
actos de crueldad animal por haber provocado la muerte del perro Byron en Roca.
Tras un juicio oral y público que contó con la declaración de más de 15
testigos, el juez de Juicio Maximiliano Camarda declaró al imputado penalmente responsable
de violar la Ley 14.346, que prevé penas de 15 días a 1 año de prisión en
suspenso para quien “infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de
crueldad a los animales”.
En el juicio se acreditó que el perro raza Terranova, que
era negro y de gran tamaño, falleció a causa de un desgarro en el hígado
provocado por una patada que le dio el imputado la noche del 21 de septiembre
de 2020 en la zona céntrica de Roca.
De acuerdo con la reconstrucción del episodio, el
imputado caminaba con dos mujeres jóvenes por la plaza de calle Mitre casi
Avenida Roca. Una de las jóvenes llevaba con una correa a su cachorro de
pequeño porte cuando Byron, que había escapado de su casa ubicada a
aproximadamente 8 cuadras del lugar, se les apareció “desde atrás”.
El tamaño del Terranova habría generado temor en el
cachorro y en el grupo. Eso derivó en la violenta reacción del imputado, quien
le dio al menos una patada en el abdomen a Byron. Tras eso, el animal caminó
unos metros, cayó en la vereda, convulsionó y murió en un lapso de un minuto a
causa de la hemorragia interna. La declaración de los veterinarios en el juicio
permitió al juez concluir que el perro falleció como consecuencia de la lesión
interna generada por el fuerte traumatismo de la patada.
El juez no hizo lugar a los argumentos exculpatorios que
planteó la defensa, que alegó que se trató de una acción necesaria en defensa
del cachorro. “La situación de peligro no se apreció inminente, puesto que más
allá de la entendible reacción del cachorro al acercarse subrepticiamente un
perro del tamaño de Byron, y que esto pudo haber atemorizado también al acusado
y a sus acompañantes, ningún testigo hizo mención a una actitud hostil por
parte de Byron que pusiera efectivamente en peligro la integridad física del
cachorro”, fundamentó el juez, quien recalcó que el imputado tenía alternativas
para salir de una hipotética situación de peligro sin causar daños.
El magistrado señaló que la patada no fue provocada “por
el solo espíritu de perversidad” del acusado, pues consideró que el joven no lo
hizo “por una tendencia sádica o experimentando placer al hacerlo”. Sin
embargo, concluyó que se trató de una conducta “desmedida, violenta y a todas
luces dañina”, que encuadra penalmente en un acto de crueldad contra el animal
y que “no tuvo justificativo por más súbita y repetina que haya sido la
aparición de Byron”.
17 enero 2025
Judiciales