Una trabajadora de
Cipolletti sufrió un accidente con una máquina para empanar milanesas y ese
episodio le dejó una incapacidad en la mano derecha. No tenía ART, no estaba
registrada y cobraba menos de lo que establecía la escala salarial. Promovió
dos juicios: en el primero tendrán que indemnizarla por la falta de cobertura y
en el segundo por el despido.
La mujer de 45 años consignó
en las demandas que se desempeñaba de manera informal para un comercio que
vendía milanesas caseras. El negocio funcionó en distintos locales, aunque el
accidente laboral se produjo cuando estaba en la calle Miguel Muñoz.
La trabajadora contó que se
encontraba elaborando milanesas en la máquina de empanar, que el artefacto se
trabó y en consecuencia su mano derecha quedó atorada. Terminó con traumatismos
en algunos dedos y con un porcentaje de incapacidad laboral.
Un compañero de ella la
asistió y la llevó al hospital. Durante el juicio ese testigo corroboró además
que la máquina funcionaba mal, que no habían recibido capacitaciones ni
elementos de seguridad. Tampoco contaban con ninguna aseguradora de riesgos del
trabajo (ART).
En esa primera demanda, el
tribunal condenó a los dueños del comercio a abonarle a la mujer la suma de
1.392.204 de pesos en concepto de indemnización por incapacidad laboral
permanente parcial y definitiva, derivada de un accidente de trabajo.
En el segundo juicio, la
trabajadora reclamó por las circunstancias de su contratación. No estaba
registrada y le pagaban entre 350 y 400 pesos por día, muy por debajo de la
escala salarial estipulada para el rubro.
Ese fallo terminó con una
condena para los dueños por la suma de
211.966 pesos más intereses en concepto de diferencias salariales adeudadas,
integración mes de despido, vacaciones proporcionales y otros cuatro rubros
indemnizatorios previstos en las leyes laborales.
17 enero 2025
Judiciales