A partir de una denuncia
radicada por agrupaciones proteccionistas ayer jueves se realizó una medida para poner
en resguardo a 29 vacas que se encontraban en estado de desnutrición.
La diligencia tuvo lugar en
la zona rural de esta ciudad y participaron de la misma la fiscal adjunta de la
Fiscalía descentralizada de Allen, voluntarias y voluntarios de agrupaciones
protecciones de Allen, Cipolletti y Fernández Oro entre los que se encontraban
profesionales veterinarias.
Para trasladar a los vacunos
se utilizó un camión con terraplén y también distintos vecinos ayudaron a
arrearlas para su traslado a una chacra de Allen donde se las mantendrá en
resguardo preventivamente.
Allí ya se les proporcionó
fardos y pastos frescos para su alimento, además de procurarles los cuidados
veterinarios y colocar las vacunas requeridos para el caso.
La Ley Nacional 14.346
sanciona a aquellas personas que ejercen malos tratos o tratos crueles contra
animales ya sea domésticos o de crianza con fines de comercialización.
Puntualmente, en este caso se denuncio que no se brindó alimento en cantidad o
calidad suficiente para evitar su desnutrición.
Además, cabe recordar que
por Instrucción General de la Procuración los fiscales de la provincia no
podrán aplicar el beneficio de la Suspensión de Juicio a Prueba a aquellas
personas imputadas en casos de crueldad animal.
El instrumento jurídico
destaca que deben calificarse como graves, los actos de crueldad animal “atento
al carácter que revisten, en tanto la violencia que se despliega para causar
sufrimiento, de manera innecesaria por el modo excesivo, perverso o violento de
la conducta denota una intencionalidad marcada en infligir sufrimiento”. El
seguimiento de las causas de maltrato animal de cuenta de la clara voluntad de
la Procuración General dirigida a la persecución de este tipo de delitos.
La Instrucción General
expresa además que “el nuevo paradigma de a justicia penal fomenta la
participación ciudadana, procurando la paz social y la armonía”.
“Una política de Persecución
Penal que incida en la vida ciudadana debe ser transparente, de público
conocimiento y encontrarse en una constante revisión en virtud de su aplicación
en la realidad, dispuesta a integrar las observaciones, sugerencias o señalamientos
que realicen los ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil, las demás
instituciones del sector de justicia y del Estado en general. Por ello, la
opinión de la comunidad será tenida en cuenta al momento de establecer
políticas de persecución penal, para que la misma resulte socialmente
legitimada por sus destinatarios”.
17 enero 2025
Judiciales