Ratifican condena por tentativa de femicidio en Cinco Saltos

El Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de la defensa y confirmó la pena de 11 años de prisión

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El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó la condena a 11 años de prisión para un hombre acusado de tentativa de femicidio, coacción y lesiones leves en perjuicio de su expareja y de la actual pareja de la mujer en la ciudad de Cinco Saltos. La resolución desestimó el recurso presentado por la defensa del condenado, que buscaba modificar la calificación legal de los hechos.

El fallo ratifica la sentencia dictada en noviembre de 2024 por un tribunal de Cipolletti, que determinó que el acusado ejerció violencia física y amenazas contra su expareja en distintos episodios, llegando incluso a atacarla con un arma de puño. En el mismo hecho, la actual pareja de la mujer resultó herida al intervenir en la agresión. La identidad del condenado no se consigna para resguardar la privacidad de la víctima.

La defensa argumentó que no hubo intención de matar y que el delito debía ser recalificado como lesiones leves. También cuestionó la valoración de la prueba realizada en el juicio, señalando que no se había analizado correctamente la secuencia del ataque y que el acusado había desistido voluntariamente de continuar con la agresión.

Sin embargo, el Tribunal de Impugnación rechazó estos planteos, sosteniendo que las pruebas presentadas en el juicio acreditaban la intención homicida del acusado y que la intervención de terceros evitó que se concretara el delito. En su análisis, los jueces destacaron la importancia de interpretar los hechos con perspectiva de género, considerando el contexto de violencia previa en el que se produjeron los ataques.

Según la sentencia, la víctima sufrió una agresión prolongada, que incluyó golpes de puño y amenazas de muerte. En el transcurso del ataque, el condenado utilizó un cuchillo con el que intentó apuñalarla, pero la actual pareja de la mujer se interpuso y resultó herida en el hombro. Luego, el acusado volvió a amenazarlos con un arma blanca, hasta que recibió un disparo por parte de la pareja de la víctima, quien actuó en defensa propia.

El tribunal concluyó que la agresión debía analizarse en el marco de una relación asimétrica de poder. Se consideró que el ataque no fue un hecho aislado, sino parte de un intento sistemático de ejercer control sobre la víctima, lo que justificó la calificación de tentativa de femicidio. Además, se valoraron las amenazas previas y la reiteración de la violencia como elementos que evidenciaban la determinación del acusado de causarle la muerte.

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