El Gobierno debe explicar la falta de actualización del mapa de bosques nativos

El Superior Tribunal de Justicia dio curso a una acción de mandamus que obliga a la Provincia a responder por la omisión en la actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, una herramienta clave para la conservación ambiental

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) resolvió avanzar con una acción judicial que exige al Poder Ejecutivo provincial dar explicaciones sobre la falta de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), una obligación legal vigente desde hace más de una década. La decisión surge tras admitir un mandamus presentado por organizaciones de la sociedad civil, que reclaman el cumplimiento efectivo de la normativa ambiental vigente.

La medida fue impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie y la Fundación Ambiente, Desarrollo y Hábitat Sustentables, con el patrocinio de la abogada Andrea Govetto. El escrito, presentado el 7 de abril, señala que la provincia adhirió en 2010 a la Ley Nacional 26.331, que establece presupuestos mínimos para la protección de los bosques nativos, y aprobó un primer mapa a través de la Ley Q 4552. Sin embargo, desde entonces no realizó ninguna actualización, a pesar de que la normativa exige revisiones cada cinco años.

Los demandantes argumentaron que esta omisión prolongada expone a los bosques nativos a una situación de desprotección legal y técnica, y advirtieron sobre el riesgo de pérdida de biodiversidad, impactos ambientales negativos y proliferación de proyectos sin regulación en zonas sensibles, como la ladera sur del Cerro Otto, en San Carlos de Bariloche. Además, apuntaron que las zonas sin clasificación oficial —como los cerros Otto, Catedral y Carbón— quedan al margen de controles, lo que facilita desmontes y cambios de uso de suelo sin autorización previa.

En su resolución, el STJ declaró que la acción presentada reviste el carácter de mandamiento de ejecución y requirió a la Subsecretaría de Recursos Forestales —organismo responsable dentro del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo— un informe amplio sobre la situación del OTBN. El plazo establecido para presentar esa información es de cinco días hábiles.

El fallo detalla que, a pesar de haberse iniciado en 2019 un proceso de revisión del ordenamiento territorial, no existen registros de que la Legislatura haya sancionado una norma que lo actualice. También se aclara que, si bien se han presentado solicitudes administrativas previas, la falta de respuesta o ejecución por parte del Estado configuró las condiciones necesarias para la presentación del mandamus.

El dictamen de la Procuración General, a cargo de Jorge Crespo, había aconsejado rechazar la acción por considerar que no se acreditaba un riesgo inminente ni una urgencia extrema. Sin embargo, el tribunal consideró válidos los argumentos de los accionantes y resolvió avanzar con el proceso, habilitando una instancia clave para exigir al Estado respuestas concretas sobre su política ambiental y el cumplimiento de los compromisos asumidos en materia de protección forestal.

La actualización del OTBN es considerada por especialistas como una herramienta esencial para garantizar la conservación del bosque andino patagónico, ordenar el territorio y prevenir conflictos ambientales. La causa continuará con nuevas actuaciones una vez recibido el informe de la Subsecretaría de Recursos Forestales.

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