La Cámara Civil de Roca confirmó una sentencia que responsabiliza a la dueña
de un establecimiento rural por la desaparición de 31 animales vacunos, luego
del vencimiento de un contrato de arrendamiento. El fallo ratifica que la mujer
deberá indemnizar al productor afectado con más de 36 millones de pesos por
daños patrimoniales y morales.
El conflicto se originó en un campo de 1.515 hectáreas ubicado en La Pampa,
alquilado en 2017 para la explotación ganadera. El contrato establecía un
límite de 200 vacas o 150 terneros y fijaba el precio del alquiler en kilos de
carne, conforme a los valores del mercado de Liniers. La relación contractual
concluyó en julio de 2020, pero el productor continuó ocupando el predio con el
consentimiento de la propietaria, quien aceptó pagos posteriores.
Tiempo después, la situación cambió. La arrendadora entregó el campo a otro
ocupante, colocó un nuevo candado en la tranquera y bloqueó el acceso del
productor, quien ya no pudo ingresar para retirar su hacienda, compuesta por 23
vacas, 4 terneras y 4 terneros. A partir de ese momento, se iniciaron gestiones
y presentaciones ante organismos públicos, incluyendo el Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
Según consta en el expediente, SENASA verificó que los animales continuaban
en el campo meses después del vencimiento del contrato y que incluso fueron
vacunados en febrero de 2021. Sin embargo, en una inspección posterior, la
tropa ya no estaba. El organismo dio de baja el rodeo y cerró el registro
sanitario correspondiente.
El productor interpuso una demanda por daño emergente, lucro cesante y daño
moral, alegando pérdidas económicas significativas, así como complicaciones
administrativas ante SENASA por no poder cumplir con los protocolos sanitarios.
La arrendadora negó responsabilidad, argumentando que el productor debía
haberse retirado del predio una vez finalizado el contrato.
El juzgado civil de Roca, en primera instancia, le dio la razón al
productor. Determinó que los animales desaparecieron mientras estaban dentro
del campo y bajo control de la arrendadora, quien impidió su recuperación al
restringir el ingreso. También rechazó una contrademanda por presunto
incumplimiento contractual, al considerar acreditados los pagos realizados y
señalar que el conflicto derivó de las acciones de la propietaria.
Ante la apelación, la Cámara Civil confirmó el fallo. El tribunal evaluó
documentación oficial, informes de SENASA, constancias de vacunación y
testimonios que acreditaron la presencia, permanencia y posterior ausencia del
ganado. Los jueces valoraron la falta de colaboración de la arrendadora, quien
cerró el acceso al predio, entregó la llave a un tercero y luego se desentendió
del destino de los animales.
Además, el tribunal validó la indemnización por daño moral, al considerar
que el productor fue afectado no solo por la pérdida del capital ganadero, sino
también por la imposibilidad de continuar su actividad y por las consecuencias
derivadas del incumplimiento de las exigencias sanitarias.
Con esta resolución, la sentencia queda firme y se ordena el pago de la suma
dispuesta en primera instancia como resarcimiento por los perjuicios
ocasionados.
17 junio 2025
Judiciales