Ordenan intervención de Ambiente por contaminación en SAO

La Justicia rionegrina dispuso medidas urgentes tras el uso de suelo contaminado en obras públicas

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El juez del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, Ricardo Apcarián, ordenó la intervención de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia en el marco de un amparo ambiental que investiga el posible uso de tierra contaminada en obras públicas de San Antonio Oeste. La decisión judicial respalda un acuerdo alcanzado entre las partes durante una reunión celebrada el 9 de mayo en el Concejo Deliberante local.

El conflicto se originó tras una denuncia del Defensor General, quien alertó sobre el presunto traslado de material con metales pesados desde un área clausurada conocida como “La Estanciera” hasta un tramo urbano de la calle Torello, entre Belgrano y Tierra del Fuego. La Municipalidad reconoció que parte del suelo había sido efectivamente extraído de ese sitio sin autorización y que fue depositado en la zona urbana.

Durante la reunión mencionada, de la que participaron autoridades provinciales y municipales, integrantes de la Multisectorial, vecinos y representantes gremiales, se consensuó una propuesta para minimizar el riesgo ambiental. El plan acordado incluye la restitución del material contaminado a su lugar de origen, iniciativa impulsada por la Multisectorial y aceptada por el Municipio.

Ante este escenario, el juez Apcarián resolvió encomendar a la Secretaría de Ambiente la elaboración de un cronograma de tareas, con un plazo de diez días, que contemple acciones preventivas y de mitigación respecto del impacto ambiental y los riesgos para la salud. Además, dispuso que ese plan sea fiscalizado por el organismo y que sus avances y resultados sean informados al juzgado.

El fallo también reitera la vigencia de la medida cautelar dictada el 30 de abril, que prohíbe expresamente cualquier movimiento, extracción o traslado de suelo desde áreas identificadas como contaminadas sin previa autorización judicial. El Municipio fue intimado a su estricto cumplimiento, bajo apercibimiento de ser sancionado conforme al artículo 82 del Código Procesal Constitucional.

El juez actuó en este expediente en carácter de juez de amparo, sin representar al pleno del Superior Tribunal. La causa pone nuevamente en primer plano la necesidad de controles ambientales efectivos y una coordinación interinstitucional que garantice la protección de la salud pública y el ambiente en áreas con antecedentes de contaminación industrial.

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