Un vecino de Cinco Saltos vivió una insólita situación burocrática cuando, al inscribir un Renault Duster adquirido en 2012, descubrió que el título de propiedad del vehículo lo presentaba como casado con una mujer a la que nunca había visto. El insólito error motivó una intervención judicial, que concluyó con la rectificación del estado civil en el registro del automotor.
El caso tramitó ante un juzgado Civil de Cipolletti como una acción meramente declarativa. El objetivo era dejar constancia de una situación de hecho: el comprador del vehículo era soltero al momento de la adquisición y no tenía vínculo alguno con la persona que figuraba como su cónyuge en la documentación.
Según se indicó en el expediente, la inscripción original del dominio del vehículo fue realizada por un mandatario, y en el trámite se consignó erróneamente que el titular era casado. En el título del automotor se agregó incluso el nombre de una supuesta esposa, completamente desconocida para el damnificado.
El hombre intentó en primera instancia corregir el error ante el Registro Seccional de la Propiedad del Automotor. Sin embargo, le informaron que la única vía posible era a través de la Justicia. Ante esto, presentó una serie de documentos que respaldaban su situación civil al momento de la compra: partidas de nacimiento de sus hijos, una declaración jurada firmada ante el juzgado de Paz de Cinco Saltos y un informe del Registro Civil, que no halló acta de matrimonio alguna.
El juzgado analizó también el legajo completo del vehículo, que no contenía respaldo documental sobre el supuesto estado civil. Además, un informe del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) confirmó que al momento de la inscripción del dominio no había información sobre estado civil del titular. De hecho, se constató que el único matrimonio registrado correspondía al año 2015, con otra persona distinta y en fecha posterior a la compra del vehículo.
Con estos elementos, el tribunal dio por acreditado que el hombre era soltero cuando adquirió el auto y que la información del título era errónea. Por ello, ordenó al Registro Seccional correspondiente que rectifique el estado civil del titular y elimine los datos vinculados a la supuesta cónyuge.
El fallo destacó que este tipo de procesos no implican conflictos entre partes, sino que buscan validar hechos con relevancia jurídica. Aunque no generan cosa juzgada en sentido estricto, sí producen efectos específicos para el trámite que los origina.
Como medida final, el juzgado remitió el oficio al Registro competente para proceder con la corrección definitiva de los datos.
13 junio 2025
Judiciales