Una joven obtuvo una sentencia favorable que le permite suprimir el apellido
paterno y modificar su segundo nombre de pila, como parte de un proceso de
reparación vinculado a su historia de vida. La decisión judicial se basó en la
existencia de una condena penal previa contra su padre por abusos cometidos
contra ella, y en su solicitud fundamentada de desvinculación identitaria con
esa figura.
La titular del organismo jurisdiccional interviniente sostuvo que la copia
de la sentencia condenatoria resultó determinante en el análisis del caso, por
tratarse de un “justificativo más que suficiente para hacer lugar a todo lo
peticionado”. El cambio fue solicitado por la joven en el marco de un proceso
acompañado por la Defensoría Civil.
Durante el trámite judicial, se presentaron la partida de nacimiento, el
Documento Nacional de Identidad, oficios enviados al Registro de la Propiedad
del Inmueble y del Automotor, y el dictamen de la Asesoría legal de la
Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas. Además, se
incorporó la postura del Ministerio Público Fiscal, que no manifestó
objeciones.
Según lo relatado por la Defensora Pública Civil, la joven explicó que su
segundo nombre y su apellido paterno representaban recuerdos dolorosos
relacionados con los hechos que atravesó. Indicó además que el nuevo nombre
elegido tiene un valor simbólico vinculado con su proceso personal.
El fallo tuvo como sustento el Artículo 69 del Código Civil y Comercial, que
habilita el cambio de nombre o apellido por razones fundadas a criterio del
juez. También se incorporaron como fundamentos normas de jerarquía
internacional como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención sobre los
Derechos del Niño.
En su resolución, la jueza dio lugar a la modificación solicitada,
permitiendo que la joven sea identificada a partir de ahora únicamente con el
apellido materno y con el nuevo segundo nombre elegido. La sentencia también
consideró el derecho a la identidad como un componente esencial de la dignidad
y la autonomía de las personas.
4 julio 2025
Judiciales