Asimismo, el Tribunal (integrada por los Jueces Francisco Cerdera, Pablo Estrabou y Jorge Bustamante) declaró la nulidad del acta fs. 644 y la pericia de fs. 981/982, rechazando las demás nulidades planteadas por el defensor del imputado, doctor Raúl Cámpora, conforme lo considerado (arts. 148, 153 y ccdtes. del CPP.) y declaró la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua prevista en el art. 80 inc. 9no. del Código Penal para el caso concreto aquí juzgado.
Tal como estaba previsto, la lectura de la sentencia se realizó este lunes a las 11.00 horas, en el Auditórium del Superior Tribunal de Justicia y de este modo concluyó el debate del juicio oral y público que comenzó el día 5 de diciembre y contó con tres audiencias consecutivas se contó con más de 20 testigos, que aportaron sus testimonios personalmente y por escrito.
Con respecto al hecho, consta en el expediente judicial que ocurrió el día 23 de octubre de 2010, en horario ubicable entre las 22.40 y 23.05 hs, en ocasión que Mesa desempeñaba labores como empleado policial de la Comisaría Nº 34, cuando con su arma de fuego reglamentaria calibre 9 mm, con cargador le disparó un tiro a una distancia de 2 cms aproximadamente entre la boca del cañón del arma y la campera que llevaba colocada la víctima, cuando ésta se encontraba tirada en el piso boca abajo y luego de haber acatado la orden de detenerse dada por los funcionarios policiales, lo que le ocasionó la muerte.
El deceso de Trafiñanco se produjo por un síndrome hemorrágico presentado por orificio de entrada en la espalda en zona interescapular superior y el orificio de salida en zona pectoral, en tercio superior del esternón.
21 diciembre 2024
Judiciales