Bustos había sido detenido el pasado el 1º de noviembre de 2007 por la Comisaría 31º de General Roca y puesto a disposición del Juzgado de Instrucción Nº 12 de la Segunda Circunscripción Judicial, y sentenciado en 2009 por la Cámara Criminal de Roca como autor del delito de tentativa de peculado, a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, con más inhabilitación absoluta perpetua para ejercer funciones públicas.
En este marco, el Decreto del Ejecutivo Provincial se dicta por la comisión de las faltas disciplinarias gravísimas previstas en el Capítulo X, Artículo 73º, “comisión de hechos tipificados como delitos dolosos o contravenciones en la legislación”; “no mantener en la vida pública y privada la corrección y el decoro que impone la función, cuando el acto o actos cometidos afecten seriamente el prestigio de la Institución o la dignidad del cargo” y “comisión de hechos reñidos con la conducta, que afecten la dignidad personal, la moralidad o la fe pública”.
El documento agrega además la falta grave prevista en el Capítulo X, Artículo 72º, por mantener vinculación personal con delincuentes, o personas de notoria mala reputación, siempre que ello no responda a necesidades del servicio, del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial y la Ley Nº 679 del Personal Policial.
21 diciembre 2024
Judiciales