ANEXO I
RESOLUCIÓN N° 5/2019
El Consejo del
Partido Justicialista Distrito Río Negro, en uso de facultades del artículo 16
inc. f) y 50 COP; RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a
Elecciones Internas para la nominación de la candidatura a cargos electivos MUNICIPALES que el Partido Justicialista
sostendrá en el marco del Frente para la Victoria, en las localidades seguidamente
se expresan:
COMALLO:
Un (1) Intendente
Municipal.
Tres (3) Concejales
Municipales Titulares y tres (3) Concejales Municipales Suplentes.
Tres (3) Revisores
de Cuentas Titulares y tres (3) Revisores de Cuentas Suplentes.
EL BOLSON:
Un (1) Intendente
Municipal
Siete (7) titulares
y siete (7) suplentes para el cargo de Concejal Municipal de El Bolsón.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el siguiente
cronograma electoral:
22/02/2019: Vence
el plazo de presentación de avales y lista de candidatos.
25/02/2018:
Presentación del modelo de Boletas.
28/02/2018: Comicios
- Elecciones Internas.
Todas las
presentaciones deberán efectuarse en la sede la Junta Electoral Provincial,
sita en calle Buenos Aires N° 49 de la ciudad de Viedma.
ARTICULO 3°: Están habilitados a
participar como candidatos de las elecciones internas: los afiliados y no
afiliados al Partido Justicialista, en función de la autorización del artículo
73 de la C.O.P.
Están habilitados a
suscribir avales: los afiliados al Partido Justicialista que se encuentren
incluidos en el Padrón Electoral confeccionado por la Junta Electoral del
PJDRN.
Artículo 4°: La Junta Electoral
del PJDRN ejerce sus funciones en la sede del Partido Justicialista, sita en
calle Buenos Aires Nº 49 de la ciudad de Viedma, de Lunes a Viernes, en el
horario administrativo de 9:00 a 12:00 horas.
La presente
convocatoria se regirá en todas las cuestiones no contempladas en la presente
Resolución, por el Reglamento Electoral aprobado por la Junta Electoral del
PJDRN (Resolución N° 16/2018).
Los avales
requeridos se rigen conforme el art. 68 de la C.O.P., y deben cumplir con los
extremos exigidos por el Reglamento Electoral aplicable (Res. N° 16/2018)
Artículo 5°: El orden de
prelación al que acceda cada candidato con motivo de ésta elección, no es
considerado definitivo; queda establecido que dicho orden esta condicionado a
las probables incorporaciones de figuras extrapartidarias, y/o los que resulten
de Alianzas Electorales, según la Resolución que en definitiva adopten las
autoridades competentes y podrán desplazarse en orden ascendente o descendente
con miras a obtener un mejor desempeño electoral.
Artículo 6º: Facultar a la Junta
Electoral del PJDRN a fijar los plazos que resulten necesarios para la efectiva
realización de los comicios. Se faculta asimismo a disponer la modificación de
plazos establecidos en el cronograma fijado en el art. 2º, en cuanto fueren
menester en orden al mejor desempeño del proceso electoral interno.
Artículo 7°: Los candidatos que
resulten de esta elección se consideran candidatos nominados por el Partido
Justicialista Distrito Río Negro, para integrar la lista de candidatos a cargos
electivos Municipales, en representación del Partido Justicialista, sea que el
mismo esté nominado por el Partido o por la Alianza Frente para la Victoria que
este integra.
Artículo 8°: Comuníquese a la Justicia Electoral y a la Junta Electoral Provincial, publíquese por un día en un medio de amplia circulación regional, página web del partido y en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
22 octubre 2019
Interés General