Una adolescente de Cipolletti logró que la justicia autorice
el cambio de su nombre en los registros oficiales para que figure aquel que su
madre eligió desde su nacimiento, de origen mapuche y con profundo significado
cultural. La decisión judicial reconoce su derecho a la identidad y visibiliza
la importancia de los nombres en las construcciones personales y comunitarias.
El caso se inició a partir de un error en la inscripción
original. Durante el trámite en el Registro Civil, su padre comunicó un nombre
diferente al que la madre había elegido y que la acompañó desde su primer día
de vida. Esta discrepancia generó un conflicto que se prolongó durante años, ya
que el nombre registrado no reflejaba su identidad ni su pertenencia cultural.
Con el paso del tiempo, esa diferencia se volvió más
evidente. La joven era reconocida en todos sus ámbitos cotidianos —familia,
escuela y comunidad— por su nombre mapuche, mientras que el que figuraba en los
documentos quedaba relegado exclusivamente a los trámites formales.
La situación fue planteada formalmente ante el fuero de
Familia cuando la adolescente cumplió dieciséis años. Allí explicó que no se
trataba de una cuestión menor, sino de un reclamo por su identidad. Relató cómo
este desajuste afectaba su vida diaria y la desconexión que sentía al tener que
usar un nombre que no la representaba.
Un informe elaborado por el equipo técnico del juzgado
respaldó su solicitud, destacando la madurez con la que expresó su situación y
la comprensión del impacto que tenía en su vida. Además, la comunidad educativa
a la que pertenece envió una nota en la que señaló que la adolescente siempre
fue reconocida por el nombre elegido por su madre.
La sentencia tuvo en cuenta estos testimonios y las pruebas
reunidas, así como la legislación vigente que protege el derecho a la
identidad, particularmente en niñas, niños y adolescentes. El fallo autorizó
que se rectifiquen los registros para que su documento refleje su nombre de
origen mapuche, el mismo con el que siempre fue nombrada por su familia y su
comunidad.
Este fallo se enmarca en la normativa nacional e
internacional que garantiza los derechos culturales y el reconocimiento de la
identidad, especialmente en personas pertenecientes a pueblos originarios,
fortaleciendo el respeto a la diversidad y a las trayectorias culturales.
4 julio 2025
Judiciales