Se estableció por Ordenanza el régimen de sanciones para quienes dañen con sus acciones la áreas protegidas de la ciudad. Será a través de multas divididas en tres categorías, según su nivel de importancia y con carácter acumulativo.
Entre los fundamentos de la Ordenanza, se expresa que las Reservas Naturales Urbanas, Espacios Verdes, Áreas Naturales Protegidas y Espacios Públicos Municipales, son "unidades de gran valor ambiental para el ejido de Bariloche, por tratarse de territorios naturales, con objetivos de conservación, enmarcados en planes de desarrollo sustentable".
"Son muestras de biosfera que es menester proteger en las generaciones actuales para asegurar también su potencialidad y así satisfacer las necesidades de generaciones futuras", se precisó en la Ordenanza recientemente sancionada. Su autor, es el edil Daniel Pardo (PPR).
Se definen como multas “leves” las que oscilan entre los 200 y los 1.000 pesos. Multas “graves”, entre los los 1.000 y 10 mil pesos; y las catalogadas “muy graves” que van desde los 10 mil hasta los 20 mil pesos.
Entre las sanciones leves, se encuentra “la introducción de especies animales o vegetales exóticas foráneas de cualquier tipo”, quien facilite “la presencia de perros, gatos o cualquier otra especie animal impropia al lugar, que pudiera tender a desequilibrar el ecosistema”, quien “encienda fuego en lugares no autorizados, o deje fogones mal apagados”. También se incluye “caminar por sendas fuera de área y de horarios habilitados”, y “arrojar residuos fuera de los recipiente pertinentes”, entre otras.
Las multas consideradas “graves”, deberán ser abonadas por “portar armas de fuego”, transitar por “caminos o senderos interiores con vehículos de tracción animal”. Este tipo de multa, comprende además, “realizar actividades comerciales de cualquier tipo en lugares no autorizados”.
Entre las calificadas como “muy graves”, figura la “portación, transporte o utilización de trampas, cebo, jaula, red, lazo, etc., que pudieran tener por objeto atrapar, inmovilizar, matar o encerrar animales”. Se incluye en esta categoría, el “corte o extracción de especies forestales autóctonas en pie verdes o secas”, entre otras.
Aquellos que reincidan en las infracciones, tendrán un incremento en el monto de la multa de hasta un 500 por ciento.
Los Guardaparques e Inspectores de la Subsecretaría de Medio Ambiente designados para tal fin, serán los encargados de labrar las Actas de Infracción. Lo recaudado por la aplicación de las multas, será destinado al “Fondo Ambiental Municipal”, creado para la protección de las áreas más vulnerables de la ciudad. (ANB)
22 octubre 2019
Interés General